Reglamento sobre trabajos a tiempo parcial para cuadros dirigentes jubilados
Base jurídica: Opiniones de la Comisión Central de Inspección Disciplinaria y del Departamento de Organización del Comité Central sobre cuestiones relativas al trabajo a tiempo parcial y el nombramiento de cuadros dirigentes del Partido y del Gobierno que se han retirado de sus puestos actuales y se están acercando o alcanzando la edad de jubilación. 2. Si una persona realmente necesita ocupar un trabajo a tiempo parcial o ocupar un puesto, debe ser estrictamente revisado y aprobado de acuerdo con la autoridad de gestión del cuadro. Los cuadros dirigentes del Partido y del Gobierno no violarán las normas ni trabajarán a tiempo parcial ni ocuparán cargos en empresas sin aprobación. 3. Quienes estén autorizados a trabajar a tiempo parcial en una empresa no podrán recibir remuneraciones, bonificaciones ni otras remuneraciones de la empresa, ni podrán obtener acciones. 4. Aquellos que sean aprobados para trabajar en una empresa deben transferir a la empresa, tales como relaciones administrativas, salariales y de otro tipo, y ya no conservar su condición de funcionarios públicos y diversos beneficios del partido y las agencias gubernamentales. Las relaciones administrativas y salariales no se transferirán nuevamente al partido y a las agencias gubernamentales para su jubilación una vez que la empresa haya completado los procedimientos de jubilación, las relaciones administrativas y salariales no se transferirán al partido y a las agencias gubernamentales;