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Reglamento de topografía y cartografía de la Región Autónoma del Tíbet

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de regular las actividades de topografía y cartografía, promover el desarrollo de las empresas de topografía y cartografía, y garantizar que las empresas de topografía y cartografía sirvan a la construcción económica, la construcción de la defensa nacional y el desarrollo social, de conformidad con el "Topografía y cartografía". Ley de la República Popular China" y otras leyes y reglamentos pertinentes, y a la luz de la situación real de la región autónoma, Promulgar estos reglamentos. Artículo 2 El presente Reglamento se aplicará a las actividades topográficas y cartográficas realizadas dentro del ámbito administrativo de la comunidad autónoma. Artículo 3 El gobierno popular de la región autónoma fortalecerá su liderazgo en el trabajo de topografía y cartografía, establecerá y mejorará gradualmente las instituciones de gestión de topografía y cartografía, dará importancia a la formación de equipos profesionales de topografía y cartografía y facilitará el desarrollo de las empresas de topografía y cartografía. compatible con el desarrollo económico y social. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior incorporarán estudios y cartografía básicos en sus planes nacionales de desarrollo económico y social y en sus planes anuales.

Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben aumentar la inversión en topografía y cartografía e incluir los fondos necesarios para topografía y cartografía básicos y la protección de las marcas topográficas en el presupuesto fiscal anual del mismo nivel. Artículo 5 Los departamentos de topografía y cartografía de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión unificadas del trabajo de topografía y cartografía dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los departamentos pertinentes, como los de seguridad, industria e informatización, confidencialidad, administración industrial y comercial, y prensa y publicaciones de los gobiernos populares a nivel de condado o superior, deberán, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, ayudar en la encuesta. y autoridades cartográficas en la supervisión y gestión de los trabajos topográficos y cartográficos. Artículo 6 Las unidades y las personas que participan en actividades de topografía y cartografía deberán respetar las leyes y reglamentos de confidencialidad y cumplir con sus obligaciones de guardar secretos de estado. Artículo 7 Quienes participen en actividades de topografía y cartografía que involucren instalaciones militares deben cumplir con las leyes y reglamentos relacionados con la protección de instalaciones militares. Artículo 8 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes fortalecerán la publicidad de las leyes y reglamentos de topografía y cartografía y mejorarán la conciencia de los ciudadanos sobre la protección de las instalaciones y equipos de topografía y cartografía. Artículo 9 La región autónoma fomenta la innovación y el progreso científico y tecnológico en la topografía y la cartografía, adopta tecnología y equipos avanzados y mejora el nivel de la topografía y la cartografía.

Las unidades y personas que hayan realizado contribuciones importantes a la innovación y el progreso de la ciencia y la tecnología topográficas y cartográficas serán elogiadas y recompensadas de acuerdo con la normativa nacional y autonómica pertinente. Artículo 10 Las organizaciones o personas extranjeras que se dediquen a actividades de topografía y cartografía dentro del área administrativa de una región autónoma deben obtener la aprobación del departamento administrativo de topografía y cartografía del Consejo de Estado junto con el departamento administrativo de topografía y cartografía del ejército. e informar al departamento administrativo de topografía y cartografía del Gobierno Popular de la región autónoma para su registro antes de que puedan realizar actividades de topografía y cartografía dentro del área y alcance aprobados. Capítulo 2 Estándares topográficos y cartográficos y sistemas topográficos y cartográficos Artículo 11 Las actividades topográficas y cartográficas utilizarán los estándares nacionales unificados topográficos y cartográficos y los sistemas topográficos y cartográficos, e implementarán los estándares topográficos y cartográficos y las especificaciones técnicas prescritas por el estado.

El departamento competente de topografía y cartografía del Gobierno Popular de la región autónoma podrá formular normas locales y especificaciones técnicas de la región autónoma en función de las necesidades del desarrollo de las empresas topográficas y cartográficas de la región autónoma. Artículo 12 El departamento competente de topografía y cartografía del gobierno popular de la región autónoma establecerá una red de control geodésico a nivel de región autónoma que esté unificada con el sistema de coordenadas nacional sobre la base de los puntos de referencia de topografía y cartografía y los sistemas de topografía y cartografía prescritos por el estado.

Los departamentos de topografía y cartografía de los gobiernos populares a nivel municipal (prefectura) y de condado establecerán redes de control geodésico a nivel municipal (prefectura) y de condado basadas en las redes de control geodésico a nivel de región autónoma. Artículo 13 Debido a las necesidades de construcción, planificación urbana e investigación científica, si proyectos clave a gran escala en municipios o regiones autónomas necesitan establecer sistemas de coordenadas planas relativamente independientes, deben ser aprobados por el departamento de topografía y cartografía competente de la región autónoma. gobierno del pueblo. Artículo 14 Al solicitar el establecimiento de un sistema de coordenadas planas relativamente independiente, se deben presentar los siguientes materiales:

(1) Informe de demostración;

(2) Plan técnico;

(3) Métodos para contactar con el sistema de coordenadas unificado nacional.

Sólo se puede establecer un sistema de coordenadas planas relativamente independiente en la misma ciudad o área local. Artículo 15 El departamento competente de topografía y cartografía del Gobierno Popular de la Región Autónoma tomará una decisión sobre si aprueba el establecimiento dentro de los 20 días hábiles a partir de la fecha de aceptación de la solicitud para establecer un sistema de coordenadas planas relativamente independiente. Si se cumplen los requisitos, se aprobará el establecimiento y se notificará a los departamentos correspondientes; si no se cumplen, se notificará por escrito al solicitante y se explicarán los motivos; Capítulo 3 Topografía y cartografía básica y apoyo de emergencia Artículo 16 El departamento de topografía y cartografía del Gobierno Popular de la región autónoma, junto con los departamentos de desarrollo y reforma y los departamentos pertinentes del mismo nivel, organizarán la preparación de la topografía básica y El plan cartográfico de esta región administrativa se basa en el plan nacional básico de topografía y cartografía y la situación real de esta región administrativa. La implementación solo se puede organizar después de informar al gobierno popular al mismo nivel para su aprobación e informar al departamento de topografía y cartografía de. el Consejo de Estado para su presentación.

Los gobiernos populares a nivel de ciudad (prefectura) y condado formularán planes básicos de topografía y cartografía para sus respectivas regiones administrativas basándose en los planes básicos de topografía y cartografía de la región autónoma y en combinación con las condiciones reales.

Artículo 17 Los departamentos de desarrollo y reforma de los gobiernos populares a nivel municipal (prefectura) y de condado, junto con las autoridades de topografía y cartografía del mismo nivel, prepararán el plan básico anual de topografía y cartografía para la región administrativa con base en plan básico topográfico y cartográfico anual de la comunidad autónoma y el plan básico topográfico y cartográfico del mismo nivel, y presentarlo ante el órgano competente de primer nivel para su archivo. Artículo 18 Los siguientes proyectos básicos de topografía y cartografía serán organizados e implementados por el departamento de topografía y cartografía del Gobierno Popular de la Región Autónoma:

(1) Establecer, actualizar y mantener la red de control geodésico y de elevación. red de control dentro de la región administrativa de la región autónoma que están unificadas con el sistema nacional de topografía y cartografía;

(2) Establecer y actualizar el sistema de información geográfica básica a nivel de región autónoma;

(3) Organizar e implementar las fotografías aéreas topográficas y cartográficas básicas de la región autónoma;

(4) Obtener información geográfica básica, datos de teledetección de la región autónoma;

(5) Topografía , mapeo y actualización de mapas topográficos, mapas de imágenes y productos digitales a escala básica 1:10000 y 1:5000 de la comunidad autónoma;

(6) Organizar y compilar mapas base geográficos básicos a nivel de comunidad autónoma , mapas generales (conjuntos, volúmenes) y atlas completos.