Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Por favor ayúdenme, ayúdenme a analizar de quién es la responsabilidad. ¿Cómo responsabilizar a la gente? Mi padre falleció en 2010 y el caso aún no se ha cerrado. Los abogados y los amigos son mejores. .

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Debido a que la nueva ley penal se promulgó en 1997 y el accidente de tránsito de mi padre ocurrió el 5 de julio de 2006, se pueden aplicar las disposiciones pertinentes del artículo 133 de la ley penal. Dado que el triciclo también se cayó del acantilado, ¿puede confirmar que el conductor sigue vivo? Si no es seguro, el tribunal no puede determinar si el conductor se escapó y, por lo tanto, no puede hacer una presunción de culpabilidad contra el conductor, lo que sólo puede discutirse en casos civiles. Si el conductor que provocó el accidente no murió en el accidente ni escapó antes de la audiencia judicial, sino que escapó durante el juicio, no cumple con las disposiciones pertinentes de la ley penal sobre atropello y fuga.

El comportamiento de atropello y fuga se refiere a violar las leyes y normas de gestión del tráfico y huir del lugar después de un accidente de tráfico sin proporcionar el rescate y tratamiento necesarios a la víctima o a la propiedad dañada o sin informar a los órganos de seguridad pública. según sea necesario, conductas que no puedan ser identificadas e investigadas por responsabilidad civil, administrativa y penal derivadas de accidentes de tránsito. Si el autor desconoce el accidente y continúa conduciendo, en este caso, la llamada "fuga" del autor no es más que la continuación del comportamiento normal de conducción, que es una situación importante en el delito de accidentes de tráfico.

El procedimiento civil de este caso ha llegado a la etapa de sentencia civil, y ya no cumple con las disposiciones de "no proporcionar el rescate y tratamiento necesarios a la víctima o la propiedad dañada, o no informar a la autoridad judicial". policía de acuerdo con las normas y huyendo del lugar sin autorización". No existe base legal para sancionar penalmente los accidentes de tráfico con fuga, por lo que no puede tratarse como un caso penal, y no hay pruebas que demuestren que la fiscalía haya descuidado sus deberes. Por lo tanto, no existe base legal para que usted inicie un litigio administrativo.