Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - La policía intercepta a ciudadanos para interrogarlos sin motivo alguno. ¿Son válidas las pruebas penales obtenidas en violación de la justicia procesal?

La policía intercepta a ciudadanos para interrogarlos sin motivo alguno. ¿Son válidas las pruebas penales obtenidas en violación de la justicia procesal?

El interrogador debe comprender que al investigar un caso, los órganos de seguridad pública tienen la facultad de interceptar e interrogar de conformidad con la ley, y las pruebas obtenidas durante este período son legales y válidas. Según el artículo 20 de la Ley de la Policía Popular (Interrogatorio e Inspección), la policía popular puede interrogar a una persona sospechosa de haber cometido un delito o un delito en el lugar, previa presentación de su identificación laboral, e inspeccionar su persona, los objetos que porta y los medios de transporte que utilizan; si se niegan a hacerlo, pueden ser sujetos a inspección obligatoria.

Artículo 21 (continuación del interrogatorio) Si la policía popular interroga y examina a una persona sospechosa de haber cometido un delito en el lugar, pero no puede descartar la sospecha de que el sospechoso ha cometido un delito, y si cae bajo alguna de las siguientes circunstancias, podrá ser detenido. Llevarlo al órgano de seguridad pública y, con la aprobación de la persona a cargo de la estación de seguridad pública o del órgano de seguridad pública a nivel del condado o superior, continuar interrogando:

(1) Quienes sean acusados ​​de actos delictivos;

(2) Quienes tengan sospecha de haber cometido un delito en el lugar de los hechos;

(3) Sospechosos de cometer un delito y cuya identidad se desconoce;

(4) Los artículos transportados o utilizados pueden ser bienes de contrabando o robados.

El tiempo de continuación del interrogatorio no excederá de veinticuatro horas desde el momento en que el interrogado se presente ante el órgano de seguridad pública. En circunstancias especiales, podrá ampliarse a cuarenta y ocho horas previa aprobación. de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior, y Se debe mantener un registro del contrainterrogatorio. Para las mujeres embarazadas o amamantando a sus bebés menores de un año, menores de 16 años y personas mayores de 70 años, el tiempo de continuación del interrogatorio no excederá las cuatro horas desde el momento en que la persona interrogada se presenta al público. órgano de seguridad.

Si se aprueba continuar con el contrainterrogatorio, salvo que sea imposible notificarlo, se deberá notificar inmediatamente a los familiares o a la unidad donde trabajan. Si no se aprueba la continuación del contrainterrogatorio, la persona que esté siendo interrogada será puesta en libertad inmediatamente.

Artículo 22 (Inspección y Registro) Para el ejercicio de sus funciones, la policía popular podrá inspeccionar lugares, objetos y personas relacionados con delitos o delitos sospechosos, previa presentación de su identificación laboral y certificación de inspección y registro. búsqueda de documentos, si es realmente necesario realizar una inspección o búsqueda inmediata, la inspección o búsqueda puede realizarse en el lugar después de mostrar la identificación del trabajo; si la persona inspeccionada o registrada se niega a cooperar, la inspección o búsqueda puede realizarse; ser obligatorio.

Las inspecciones o registros deberán ser aprobados por el responsable del órgano de seguridad pública a nivel distrital o superior, excepto cuando sea verdaderamente necesario realizarlos de forma inmediata.

En caso de otras emergencias para detener actos ilegales y criminales, arrestar a sospechosos ilegales y criminales, o proteger la seguridad personal y de la propiedad, la policía popular puede ingresar a las residencias de los ciudadanos para inspeccionar, buscar o brindar servicios de rescate. presentación de sus identificaciones laborales, sin embargo, el incidente debe ser reportado de inmediato a la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel del condado o superior.

Artículo 23 (Detención e Inspección de Vehículos de Transporte) La Policía Popular tiene derecho a detener e inspeccionar vehículos de transporte que pongan en peligro la seguridad pública y la seguridad personal, o que se consideren relacionados con delitos ilegales; consumir drogas o beber alcohol puede someterse a una prueba de drogas o una prueba de concentración de alcohol. Los conductores y pasajeros deben obedecer las instrucciones de la policía popular.