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¿Ordenar la rectificación en plazo es una sanción administrativa?

Análisis jurídico: Ordenar la corrección no es una sanción administrativa, sino un acto administrativo específico. Ordenar la corrección dentro de un plazo es un procedimiento de sanción administrativa y no entra dentro del ámbito de la sanción administrativa. En clasificación académica, es una de las "órdenes ejecutivas".

Base jurídica: Artículo 9 de la “Ley de Sanciones Administrativas” Tipos de sanciones administrativas:

(1) Amonestación, aviso de crítica;

(2) Multa, confiscación Ganancias ilegales y confiscación de propiedad ilegal;

(3) Suspensión de licencias, degradación de calificaciones y revocación de licencias;

(4) Restricción de actividades productivas y comerciales , órdenes de suspensión de producción y negocios, Orden de cierre o restricción de empleo;

(5) Detención administrativa;

(6) Otras sanciones administrativas estipuladas en leyes y reglamentos administrativos.