Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Por favor ayude a explicar la relación jurídica absoluta y la relación jurídica relativa.

Por favor ayude a explicar la relación jurídica absoluta y la relación jurídica relativa.

(1) Los objetos son diferentes. La diferencia de objetos es la diferencia más básica entre las dos relaciones jurídicas. El objeto de la relación jurídica absoluta es la omisión, y el deudor soporta obligaciones negativas. El objeto de la relación jurídica relativa es la conducta (pago), incluidas las acciones y omisiones. Tanto la inacción como la omisión son obligaciones negativas y limitaciones legales, pero sus connotaciones son bastante diferentes. No actuar es una restricción de los propios intereses, y no actuar no da lugar a la pérdida de ningún interés. Las relaciones jurídicas absolutas no tienen derecho a reclamar, defender, etc. Estos derechos son manifestaciones de la efectividad de las relaciones jurídicas relativas. No existe subjetividad ni subordinación en las relaciones jurídicas absolutas porque las obligaciones de cada deudor son paralelas y consistentes. Las relaciones jurídicas absolutas no pueden imponer condiciones y plazos, porque las condiciones y los plazos son sólo restricciones y ajustes de beneficios. El pago puede ser en forma de transferencia de propiedad. No existe pago en una relación jurídica absoluta, por lo que no puede ser en forma de transferencia de propiedad.

(2) El alcance de los sujetos obligados es diferente. El sujeto de la obligación de una relación jurídica absoluta es cada uno, y el sujeto de derecho ha formado una relación jurídica con todos, aunque el deudor no lo sepa o exista la posibilidad de infracción efectiva. El derecho es la encarnación del orden. Las relaciones jurídicas absolutas reflejan un orden social realista y la protección de los derechos adquiridos. Todos están incluidos en la disposición de este orden. El sujeto de la obligación de una relación jurídica relativa es una persona determinada, y las dos partes están unidas por hechos jurídicos específicos y no tienen nada que ver con los demás. El sujeto obligatorio de una relación jurídica absoluta es todo el mundo, pero este no es un fenómeno de relaciones jurídicas en competencia. En la competencia, los objetos son diferentes, o el alcance o las condiciones son diferentes; el objeto de la relación jurídica absoluta es único y no tiene restricciones en cuanto a alcance o condiciones;

(3) Los derechos básicos son diferentes. "Todos los derechos civiles se expresan en forma de relaciones jurídicas civiles". [1] Cualquier relación jurídica contiene los derechos más básicos que reflejan su naturaleza. Los derechos contenidos en relaciones jurídicas absolutas son derechos absolutos, y los derechos contenidos en relaciones jurídicas relativas son derechos relativos. Los derechos absolutos son derechos para el mundo y los derechos relativos son derechos para los derechos humanos. Los significados opuestos de estos dos derechos son muy diferentes. El antagonismo de los derechos absolutos reside en la exclusión y la violación; el antagonismo de los derechos relativos reside en la demanda de recompensa. En las relaciones jurídicas absolutas, la cuestión esencial es la protección de los derechos (derechos absolutos). En las relaciones jurídicas relativas, la cuestión esencial es exigir el pago (derechos relativos) para realizarlos y mantenerlos.

(4) Las manifestaciones de la unidad de derechos y obligaciones son diferentes. Las relaciones jurídicas absolutas son relaciones jurídicas únicas, mientras que las relaciones jurídicas relativas a menudo se expresan como "relaciones jurídicas compuestas". [2] Dado que la relación jurídica absoluta es una relación jurídica única, no habrá competencia entre dos sujetos bipolares correspondientes como la relación jurídica relativa. Por ejemplo, un contrato es una "relación jurídica compleja" para ambas partes, que es una competencia contradictoria entre dos relaciones jurídicas únicas. Este fenómeno es absolutamente imposible que ocurra en una relación jurídica absoluta.

(5) La base para determinar derechos y obligaciones es diferente. Las relaciones jurídicas absolutas son todas las relaciones jurídicas, es decir, los derechos y obligaciones de las relaciones jurídicas absolutas están todos estipulados por la ley. Incluso si una relación jurídica absoluta es causada por un acto que refleja la voluntad de las partes como razón jurídica, su contenido no está determinado por las partes. Las relaciones jurídicas relativas se dividen en dos tipos: intencionales y estatutarias. El contenido de las relaciones jurídicas relativas intencionales está determinado por la validez jurídica de las partes (como las relaciones contractuales, el contenido de las relaciones jurídicas relativas está estipulado por la ley); deudas gestionadas sin causa).