La mejor manera de afrontar la incapacidad del ejecutado para reembolsar el préstamo
1. La "Aprobación del Tribunal Supremo Popular sobre si la ejecución de una relación de deuda general puede suspenderse si el deudor tiene realmente capacidad de pagar sin reembolso" en relación con el manejo de casos de deuda privada. Si se determina que el deudor puede pagar la deuda sin pago, no solo antes de la sentencia, ambas partes deben llevar a cabo una mediación factible basada en la situación real. Incluso después de la sentencia, si se determina que el deudor puede pagar la deuda sin pago, el. La situación real se puede explicar al acreedor, y el deudor la pagará a plazos o el acreedor la perdonará. Si el acreedor aún requiere que continúe la ejecución, se le instruirá para que señale los bienes que puedan ejecutarse según corresponda.
2. Si el sujeto de ejecución efectivamente no puede pagar y no hay otro tercero que cumpla en su nombre, el ejecutante podrá solicitar la ejecución en cualquier momento cuando los bienes del ejecutado se encuentren en su poder. La persona sujeta a ejecución se descubre en el futuro y no está sujeta al plazo de prescripción de la ejecución.
3. Artículo 189 del Código Civil: Cuando las partes acuerden cumplir una misma deuda a plazos, el plazo de prescripción se computará a partir de la fecha de vencimiento del último plazo.
2. Leyes y reglamentos pertinentes
Artículo 254 de la Ley de Procedimiento Civil El Tribunal Popular adopta los artículos 242 y 243, si la persona sujeta a ejecución aún no puede pagar la deuda después de tomando las medidas de ejecución previstas en el artículo 244, continuará cumpliendo con sus obligaciones. Si el acreedor descubre que la persona sujeta a ejecución tiene otros bienes, podrá solicitar la ejecución ante el Tribunal Popular en cualquier momento.
Artículo 242: Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a preguntar sobre los depósitos, bonos, acciones, fondos. acciones y demás bienes de la persona sujeta a ejecución. de las unidades pertinentes. El tribunal popular tiene la facultad de embargar, congelar, transferir o alterar los bienes de la persona sujeta a ejecución según diferentes circunstancias. Los bienes investigados, sellados, congelados, transferidos o modificados de valor por el tribunal popular no excederán el alcance de las obligaciones que deberá cumplir el sujeto de ejecución.
Cuando el tribunal popular decide sellar, congelar, transferir o cambiar el precio de una propiedad, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, y las unidades correspondientes deberán tramitarla.
Artículo 243: Si el sujeto de ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a retener y retirar los ingresos del sujeto de ejecución. ejecución que debe cumplir las obligaciones. Sin embargo, se conservarán los gastos de manutención necesarios del ejecutado y de sus dependientes.
Cuando el Tribunal Popular embargue o retire ingresos, dictará sentencia y