¿Cuál es la base legal para solicitar el divorcio?
Artículo 31 de la Ley de Matrimonio: Se concederá el divorcio si tanto el hombre como la mujer se divorcian voluntariamente. Ambas partes deben solicitar el divorcio en la Oficina de Registro de Matrimonios. Cuando la Oficina de Registro de Matrimonios determine que ambas partes están realmente dispuestas y que los asuntos relacionados con los hijos y la propiedad se han manejado adecuadamente, se emitirá un certificado de divorcio. Artículo 32 Si un hombre o una mujer solicita el divorcio, los departamentos pertinentes podrán mediar o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular. Al conocer un caso de divorcio, el Tribunal Popular llevará a cabo una mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio. Si la mediación falla bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio: (1) Bigamia o cónyuge que vive con otros; (2) Violencia doméstica o abuso o abandono de miembros de la familia (3) Juego, abuso de drogas y otros malos hábitos; (4) Separación por más de dos años por discordia afectiva; (5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación matrimonial; Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio. Si una pareja se divorcia en los tribunales, significa que no pueden disolver la relación por acuerdo. En este momento, se puede decir que el litigio de divorcio es la única forma, pero al final eso no significa que el divorcio será exitoso. Al fin y al cabo, cuando un juez quiere dictar sentencia de divorcio, en primer lugar debe basarse en el fracaso de la mediación y, en segundo lugar, debe cumplir las circunstancias legales, es decir, debe poder probar que la relación entre el marido y la mujer se han derrumbado por completo y entonces se finalizará el divorcio. El artículo 32 de la Ley de Matrimonio estipula que si una de las partes solicita el divorcio, los departamentos pertinentes pueden mediar o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular. Al conocer un caso de divorcio, el tribunal popular debe llevar a cabo una mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación no es válida, se debe conceder el divorcio. Si la mediación falla bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio: (1) Bigamia o cónyuge que vive con otros; (2) Violencia doméstica o abuso o abandono de miembros de la familia (3) Juego, abuso de drogas y otros malos hábitos; (4) Separación por más de dos años por discordia afectiva; (5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación matrimonial; Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio. (La Ley de Matrimonio No. 65438 expirará el 31 de febrero de 2020) El artículo 1079 del Código Civil estipula que si uno de los cónyuges solicita el divorcio, la organización pertinente puede realizar una mediación o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular. Al conocer un caso de divorcio, el Tribunal Popular llevará a cabo una mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio. Si la mediación falla bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio: (1) Bigamia o convivencia con otras personas; (2) Violencia doméstica o abuso o abandono de miembros de la familia (3) Juego, abuso de drogas y otros malos hábitos (; 4) ) Separados por más de dos años por discordia afectiva; (5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal; Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio. (La fecha de vigencia del Código Civil es 2021 1 1)