Acceso de tránsito
Base legal: Decisión del Comité Permanente de la APN sobre su aprobación La 19.ª reunión del 8.º Comité Permanente de la APN decidió ratificar la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y declaró lo siguiente:
1. De acuerdo con las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la República Popular China goza de derechos soberanos y jurisdicción sobre la zona económica exclusiva de 200 millas náuticas y la plataforma continental.
2. Los países frente a la costa de la República Popular China o adyacentes a ella delimitarán sus respectivos límites jurisdiccionales marítimos mediante consultas de conformidad con el derecho internacional y el principio de equidad.
3. La República Popular China reafirma su soberanía sobre el archipiélago y las islas enumeradas en el artículo 2 de la "Ley de la República Popular China sobre el Mar Territorial y la Zona Contigua" promulgada el 25 de febrero de 1992. .
4. La República Popular China reitera que las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar sobre el paso inocente en aguas adyacentes no impiden que los estados costeros exijan a los buques de guerra extranjeros obtener su permiso o autorización previa. notificación de conformidad con sus propias leyes y reglamentos.