¿Cómo identificar el fraude en renovaciones?
Base Jurídica
Artículo 148 del Código Civil: Si una parte utiliza medios fraudulentos para realizar un acto jurídico civil contrario a su verdadera intención, la parte defraudada tendrá derecho a solicitar el tribunal popular o la institución de arbitraje para revocarlo. Artículo 224 de la Ley Penal: El que, en cualquiera de las siguientes circunstancias, defraude a la otra parte en bienes durante la celebración y ejecución de un contrato con el fin de posesión ilegal, y la cantidad sea relativamente importante, será sancionado con pena fija. -pena de prisión de no más de tres años o detención penal, y también se le impondrá una multa sola si la cantidad es enorme o existen otras circunstancias graves, se le impondrá una pena de prisión de duración determinada no superior a tres años; menos de tres años pero no más de diez años, y también será multado si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena de prisión no menor de diez años o a cadena perpetua; También será multado con dinero o confiscación de bienes.