Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Puedo demandar si me engañan en una relación?

¿Puedo demandar si me engañan en una relación?

En términos generales, el procesamiento no es posible.

En términos generales, no se puede demandar a un tramposo emocional porque las disputas emocionales caen dentro del ámbito de la moralidad y no están bajo la jurisdicción de la ley.

Pero si el asunto también implica disputas de propiedad, las partes pueden presentar una demanda ante los tribunales. Podrán ser procesados ​​aquellos que utilicen sus sentimientos para defraudar a otros en dinero o que causen graves daños físicos o mentales a otros debido a un engaño emocional, así como aquellos que estén casados ​​y falsamente afirmen ser solteros y vivir con otras personas.

¿Cuál es el delito de engañar a los sentimientos de los demás?

El mero hecho de engañar a los sentimientos no constituye delito.

Tanto hombres como mujeres tienen la libertad de enamorarse, y tener una relación con cualquier persona está permitido por ley. Incluso si hay un acto de engañar emocionalmente a la otra parte, no constituirá un delito y sólo será condenado moralmente por la opinión pública. Sin embargo, si engaña sus sentimientos y causa otros daños financieros o físicos a la otra parte, puede constituir un delito. ¿En qué circunstancias es un delito engañar a los sentimientos?

1. Engañar a los sentimientos y al dinero = fraude

2. Una persona casada que engaña a los sentimientos y la otra parte tiene un hijo. = bigamia.

3. Sentimientos engañosos, daño físico = daño intencional

4. Sentimientos engañosos, amenazas múltiples = delito de amenaza.

5. Engañar los sentimientos de una joven y tener relaciones sexuales = delito de abusar sexualmente de una joven/violar a una joven.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: Artículo 122 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Una demanda debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) El demandante es un ciudadano, persona jurídica u otra organización que tiene un interés directo en el caso;

(2) Hay un demandado claro;

(3) Hay solicitudes, hechos y razones específicas;

(4) Cae dentro del alcance del litigio civil aceptado por del Tribunal Popular y está bajo la jurisdicción del Tribunal Popular contra el cual se presenta la demanda.