¿Cuál es el delito de comprar diésel robado por valor de 20.000 yuanes?
La ley estipula:
1. La interpretación del Tribunal Supremo Popular de varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de casos penales relacionados con la ocultación y el ocultamiento del producto del delito y del producto del delito.
Artículo 1 Quien, a sabiendas, oculte, transfiera, adquiera, venda en su nombre o de otro modo oculte u oculte el producto del delito será, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 312 de la Ley Penal, castigado por ocultar u ocultar el producto Condena y castigo por ocultar el producto del delito:
(1) Encubrir u ocultar el producto del delito y el monto del producto entre 3.000 y 10.000 yuanes; el producto del delito oculto y su producto ha sido objeto de sanciones administrativas y ha llevado a cabo actos de ocultación o encubrimiento del producto del delito y su producto;
(3) Ocultar u ocultar el producto del delito de forma encubierta es equipo eléctrico , instalaciones de transporte, instalaciones de radio y televisión, instalaciones públicas de telecomunicaciones, instalaciones militares o ayuda en casos de desastre, rescate de emergencia, prevención de inundaciones, cuidados especiales, alivio de la pobreza, inmigración, fondos y materiales de ayuda;
(4) Ocultación o el comportamiento encubierto impide que los delitos anteriores sean investigados y tratados de manera oportuna, lo que resulta en pérdidas irreparables de bienes públicos y privados;
(5) Los tribunales superiores populares de provincias, regiones autónomas y Los municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán, si existen otros actos de encubrimiento u ocultación del producto del delito y de su producto, que impidan a los órganos judiciales investigar el delito determinante, de acuerdo con la situación económica de la región, teniendo en cuenta. teniendo en cuenta la situación de seguridad pública, determinará el monto estándar específico para la implementación local dentro del monto especificado en el párrafo 1 (1) de este artículo, e informará al Tribunal Popular Supremo para su archivo.
2. Artículo 312 de la “Ley Penal”: Quien oculte u oculte el producto de un delito, a sabiendas oculte, transfiera, adquiera, venda por cuenta propia, o de otra manera oculte o encubre el producto de un delito. , será reprimido con pena de prisión de tres años a pena determinada no superior a tres años, prisión o vigilancia penal, y concurrente o únicamente a multa si las circunstancias son graves, el infractor será castigado con pena de prisión a pena determinada; pena de prisión no menor de tres años pero no mayor de siete años, y simultáneamente a multa.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.