Según el Código Civil, los actos jurídicos civiles pueden estar sujetos a un límite de tiempo, pero dependiendo de su naturaleza no se les puede imponer ningún límite de tiempo. adjuntar
Análisis jurídico: Los actos jurídicos civiles pueden tener eficacia con un límite de tiempo, pero según su naturaleza, no pueden estar sujetos a límites de tiempo. Hay dos tipos de períodos adjuntos: período de vigencia adjunto y período de terminación adjunto. Los actos jurídicos civiles con plazo de vigencia surtirán efectos al vencimiento del plazo. Los actos jurídicos civiles que tengan plazo de extinción quedarán nulos al vencimiento del plazo de extinción.
Base jurídica: Artículo 160 del “Derecho Civil de la República Popular China” Los actos jurídicos civiles pueden estar sujetos a un plazo, salvo que la naturaleza no lo requiera. Los actos jurídicos civiles con plazo de vigencia surtirán efectos al vencimiento del plazo. Los actos jurídicos civiles que tengan plazo de extinción quedarán nulos al vencimiento del plazo de extinción.