¿Cómo se debe castigar a un contribuyente general por evasión fiscal?
Las sanciones por evasión del impuesto de sociedades son las siguientes:
1. Si el importe del impuesto evadido es relativamente elevado y representa más del 10% del impuesto a pagar, será sancionado. condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años o a prisión preventiva y a imponerle una multa.
2. Si la cantidad es elevada y representa más del 30% del impuesto a pagar, la persona será condenada a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado.
3. Si una unidad comete un delito, será multada y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con las disposiciones anteriores.
4. Si una unidad comete un delito, será multada y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con las disposiciones anteriores.
5. Después de que las autoridades fiscales emitan un aviso de recuperación de acuerdo con la ley, si usted devuelve el impuesto adeudado y paga cargos por pagos atrasados, y ha estado sujeto a sanciones administrativas, no será considerado penalmente responsable. Sin embargo, si ha sido sancionado por evadir el pago de impuestos dentro de cinco años, salvo sanciones penales o sanciones administrativas impuestas por las autoridades fiscales por dos o más veces.
6. Si el personal de impuestos, aduanas, bancos y otras agencias estatales se confabulan con los autores de este delito y constituyen los autores de este delito, serán severamente castigados.
7. Después de que las autoridades fiscales emitan un aviso de recuperación de acuerdo con la ley, si usted devuelve el impuesto adeudado y paga cargos por pagos atrasados, y ha estado sujeto a sanciones administrativas, no será considerado penalmente responsable. Sin embargo, si ha sido sancionado por evadir el pago de impuestos dentro de cinco años, salvo sanciones penales o sanciones administrativas impuestas por las autoridades fiscales por dos o más veces.