Se introducen nuevas normas para no enjuiciar a los conductores en estado de ebriedad en 2023
Si conducir en estado de ebriedad cumple las siguientes condiciones, la Fiscalía Popular puede decidir no procesar: (1) Las circunstancias son obviamente menores y el daño no es grande, y no se considera un delito; el delito ha prescrito dentro del plazo de prescripción; (3) Los que han sido dispensados de pena en virtud de una orden de amnistía; (4) Los que han cometido un delito que debe ser perseguido conforme a la ley penal y no han denunciado o. retirar su procesamiento; (5) El sospechoso o imputado haya fallecido o aquellos que estén exentos de responsabilidad penal según otras leyes y reglamentos;
Objetividad jurídica:
Artículo 16 de la “Ley de Procedimiento Penal” Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, no se perseguirá la responsabilidad penal. Si se ha completado la investigación, el caso debe ser desestimado, o no debe iniciarse ningún proceso judicial, o debe darse por terminado el juicio, o el caso debe ser absuelto: (1) Las circunstancias son obviamente menores, el daño no es grande, y no se considera delito; el delito ha prescrito; (3) los que han sido eximidos de pena en virtud de una orden de amnistía; (4) los que han cometido un delito que debe ser perseguido de conformidad con el delito; ley pero no se han quejado o han retirado su procesamiento; (5) aquellos que han muerto de sospechosos o acusados criminales aquellos que están exentos de responsabilidad penal bajo otras leyes y regulaciones;