¿Cuándo se jubilarán oficialmente las personas nacidas en 1972?
Cuadros: Nacidos en 1972, el hombre se jubilará oficialmente en 2032; la mujer se jubilará oficialmente en 2027; Trabajador: Nacido en 1972, el hombre se jubiló oficialmente en 2032; la mujer se jubiló oficialmente en 2022.
Base jurídica: "Medidas provisionales para el internamiento de personas mayores, débiles, enfermas y discapacitadas" del Consejo de Estado. Artículo 4 Podrán jubilarse los cuadros de órganos del partido y del gobierno, organizaciones de masas, empresas e instituciones que cumplan una de las siguientes condiciones.
(1) Los hombres deben tener más de 60 años y las mujeres deben tener más de 55 años y haber participado en el trabajo revolucionario durante más de diez años (2) Los hombres deben tener más de 50 años y las mujeres; tener más de 45 años y haber participado en el trabajo revolucionario durante más de diez años, que haya sido diagnosticado por el hospital con pérdida total de la capacidad para trabajar (3) que haya quedado incapacitado para el trabajo, y haya sido evaluado por; hospital por haber perdido completamente su capacidad para trabajar.
Artículo 1 de las Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilación y Renuncia de Trabajadores Trabajadores de empresas e instituciones de propiedad popular, organismos del partido y del gobierno y organizaciones de masas que cumplan una de las siguientes condiciones. se jubilará.
(1) Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 50 años y haber trabajado continuamente durante diez años. (2) Quienes se dediquen a trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de cincuenta y cinco años, mujeres mayores de cuarenta y cinco años, y tengan diez años consecutivos. de servicio. Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones de trabajo sean las mismas que las de los trabajadores. (3) Los hombres tienen más de 50 años, las mujeres tienen más de 45 años, han trabajado de forma continua durante diez años, han sido certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral y han perdido por completo la capacidad para trabajar. (4) Quienes estén discapacitados por motivos laborales y hayan sido certificados por el hospital y confirmados por el comité de evaluación laboral han perdido por completo su capacidad para trabajar.