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Estándares sobre delitos de bigamia 2022

El delito de bigamia se refiere al delito de violar las disposiciones pertinentes del derecho penal de mi país al casarse con otra persona que tiene cónyuge legal o casarse con otra persona sabiendo que tiene cónyuge. Hay dos tipos de personas que constituyen bigamia. El primer tipo es una persona que tiene cónyuge, está casada con otra persona o vive con otra persona en nombre de marido y mujer. La segunda categoría son las personas que saben que otra persona ya tiene cónyuge, se registran para casarse con él o viven juntos en nombre de marido y mujer. Entre ellos, el segundo tipo de delito de bigamia requiere "saber a sabiendas que otra persona ya tiene cónyuge", conocer y continuar manteniendo la relación matrimonial antes o después es "a sabiendas". Por otra parte, la ignorancia y el engaño no constituyen bigamia. La clave para determinar el delito de bigamia es si constituye otro tipo de relación conyugal. Según interpretaciones judiciales pertinentes, existen dos situaciones de bigamia:

En primer lugar, la bigamia legal se refiere a una persona con cónyuge que registra un matrimonio con otra persona;

En segundo lugar, la bigamia de facto Es decir, las personas que tienen cónyuge conviven con otras en nombre de marido y mujer. Si se da una de las siguientes circunstancias, se considerará convivencia a nombre de marido y mujer: una persona con cónyuge celebra matrimonio con otra persona; una persona con cónyuge no celebra matrimonio con otra persona; es considerado pareja o pretende ser marido y mujer. Lo anterior es nuestra respuesta detallada a la pregunta "¿Cuáles son los estándares para la bigamia?" En resumen, el delito de bigamia se refiere al delito de casarse con otra persona mientras el autor tiene cónyuge o casarse con otra persona sabiendo que otra persona tiene cónyuge.

Este sistema debería establecer un sistema de compensación de daños para la parte no culpable y estipular claramente en la legislación que si la parte no culpable sufre daños debido a la bigamia, se debe proporcionar una compensación. "Si el divorcio se produce por bigamia o por convivencia del cónyuge con otra persona, la parte inocente tiene derecho a reclamar una indemnización". Esto refleja una compensación económica por el daño causado a la parte no culpable. Esto es compensatorio para la parte inocente y punitivo para la bigamia.

Base jurídica: El artículo 258 de la "Ley Penal" estipula: "Quien tenga cónyuge y cometa bigamia, o que a sabiendas se case con otra persona que tenga cónyuge, será condenado a prisión de duración determinada de no más de dos años o prisión penal."