Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - El caso se perdió en primera instancia, el juez de primera instancia aceptó sobornos y la aplicación de la ley fue gravemente incorrecta. ¿Puedes encontrar la Comisión de Inspección Disciplinaria?

El caso se perdió en primera instancia, el juez de primera instancia aceptó sobornos y la aplicación de la ley fue gravemente incorrecta. ¿Puedes encontrar la Comisión de Inspección Disciplinaria?

1. Si tiene pruebas o pistas, puede presentar una queja o denunciar ante la Comisión de Inspección Disciplinaria.

Si el juez del tribunal a cargo del caso viola deliberadamente los hechos y la ley y emite un fallo incorrecto, y las circunstancias son lo suficientemente graves como para constituir el delito de fallo incorrecto en casos civiles o administrativos. , el interesado también puede denunciar el caso a la fiscalía, que lo archivará para su investigación de conformidad con la ley y lo considerará penalmente responsable.

2. Si se trata de imaginación personal sin ningún fundamento fáctico, y las partes creen que la sentencia de primera instancia fue errónea y no están satisfechas, pueden apelar, y el tribunal de segunda instancia conocerá de la sentencia. caso nuevamente y emitir un fallo.

Ley Penal

Artículo 399: Delitos de desviación de la ley para beneficio personal; delitos civiles y administrativos cometidos con violación de la ley; delitos de incumplimiento del deber; en el delito de abuso de poder, delitos de manipulación de la ley. Personal judicial que manipula la ley para beneficio personal y hace que se procese a personas que saben que son inocentes, protege deliberadamente a personas que sabe que son culpables de ser procesadas, o viola deliberadamente los hechos; y las leyes durante las actividades del proceso penal serán sentenciados a una pena de prisión de no más de cinco años o detención penal si las circunstancias son graves. Si las circunstancias son particularmente graves, serán condenados a una pena de prisión de no menos de cinco años; cinco años pero no más de diez años, si las circunstancias son particularmente graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de cinco años pero no más de diez años.

Quien viole intencionalmente los hechos y la ley en actividades de juicio civil o administrativo, y las circunstancias sean graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años o prisión penal si las circunstancias lo son; especialmente grave, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a cinco años ni superior a diez años.

En la ejecución de sentencias y fallos, irresponsabilidad grave o abuso de poder, no adopción de medidas de preservación del litigio de conformidad con la ley, incumplimiento de los deberes legales de ejecución, o adopción ilegal de medidas de preservación del litigio o de ejecución medidas que causen perjuicios a los intereses de las partes o de otros, aquellos que causen grandes pérdidas serán condenados a penas de prisión de hasta cinco años o prisión penal, aquellos que causen pérdidas especialmente graves a los intereses de las partes o de otros; será condenado a pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años.

Si un funcionario judicial comete los hechos previstos en los tres primeros párrafos por aceptar sobornos, lo que simultáneamente constituye un delito previsto en el artículo 385 de la Ley de Costas, será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Costas. penas más severas.

Ley de Procedimiento Civil

Artículo 164 Si una parte no está satisfecha con la sentencia de primera instancia del tribunal popular local, tiene derecho a apelar ante el nivel inmediatamente superior dentro del plazo quince días a partir de la fecha de dictación de la sentencia. El Tribunal Popular apeló.

Las partes insatisfechas con la sentencia del tribunal popular local de primera instancia tienen derecho a apelar ante el tribunal popular superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de emisión de la sentencia.