¿Cómo puede una parte aprovechar la situación de la otra para revocar una acción legal civil?
Artículo 149 del Código Civil: Un tercero comete fraude, haciendo que una de las partes realice un acto jurídico civil contrario a su verdadera intención. Si la otra parte sabe o debería saber del fraude, la parte defraudada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución de arbitraje que lo cancele.
Artículo 3: Si una parte o un tercero obliga a la otra parte a realizar un acto jurídico civil contrario a su verdadera intención, la parte coaccionada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución arbitral que revoque el acto.
Artículo 151: Si una parte se aprovecha del peligro ajeno y carece de juicio, haciendo que el acto jurídico civil sea injusto al establecerse, la parte perjudicada tiene derecho a solicitar del tribunal popular o de la institución arbitral la anulación. él.