Análisis legal: En general, las enfermedades ortopédicas requieren más de tres meses de licencia, y algunas enfermedades de medicina interna, neurología y obstetricia también requieren tres meses de licencia. Por supuesto, el número concreto de días de vacaciones debe basarse en consejo médico: 1. Hepatitis crónica activa: Tome baja por enfermedad durante 2-3 meses después del tratamiento. 2. Infarto de miocardio: licencia por enfermedad de 3 a 6 meses después del alta; 3. Enfermedades reumáticas: personas con actividad reumática, licencia por enfermedad de 1 a 3 meses; 4. Miocarditis aguda: tome la licencia por enfermedad durante 1 a 3 meses después del alta. 5. Accidente cerebrovascular agudo e infección del sistema nervioso central: tomar licencia por enfermedad durante 1 a 3 meses después de que la condición se estabilice; 6. Epilepsia: situación actual, reposo completo y reposo completo durante 1 semana después de que se controlen los síntomas; 5 veces al mes) Se deben suspender todos los medicamentos durante 2 a 3 meses después de que se controlen los síntomas; después de un ataque importante, el descanso es generalmente de 3 a 7 días 7. Tuberculosis: tome licencia por enfermedad durante 1 a 3 meses después de la recuperación clínica; 8. Cáncer de mama: cirugía radical, baja por 6 meses; 9. Cirrosis hepática e hiperesplenismo: según la función hepática y el cuadro sanguíneo, baja por 3 meses en principio. 10. Cirugía de derivación: baja laboral de 3 meses. 11. Resección parcial de intestino delgado: 1 mes de baja; la mayoría despedidos, 3 meses de baja. 12. Después de nefrectomía: tomar baja laboral durante 3 meses. 13. Cistectomía parcial: 3 meses de baja; 14. Cistectomía total: 1 año de baja. 15. Prostatectomía: licencia por enfermedad por 3 meses; 16. Fractura de huesos largos de extremidades, columna y cuerpo vertebral: licencia por enfermedad por hasta 3 meses al alta, seguida de visitas ambulatorias una vez al mes por hasta 8 meses. Repetir radiografía a los 8 meses. Si la fractura no sana, puede continuar tomando la licencia por enfermedad y la licencia finalizará cuando desaparezca la línea de la fractura. 17. Fracturas de metacarpianos, dedos de manos, metatarsianos, pies y radio distal: una vez al mes, con una baja laboral máxima de ***3 meses. Después de 3 meses, se volverán a controlar las radiografías. Si la fractura no sana, la baja por enfermedad puede continuar. 18. Fractura de cuello y cabeza femoral: Generalmente se requiere baja por enfermedad de ***1 año. Después de 1 año, los pacientes con fracturas no cicatrizadas o necrosis de la cabeza femoral pueden tomar otros 6 meses de baja por enfermedad y posteriormente se deben tomar las medidas de tratamiento adecuadas. 19. Fractura de pelvis: Reposo de 2 a 3 meses en casos leves y 6 meses en casos graves (incluida fractura acetabular). Será necesario revisar las radiografías más adelante y, si la fractura no sana, podrá seguir tomando la baja por enfermedad. 20. Lesiones de tendones en las extremidades: tomar baja laboral y realizar ejercicios funcionales durante 3 meses. Si se requiere reoperación, descansar otros 2 meses. 21. Después de la reconstrucción del ligamento cruzado de la rodilla: baja laboral, ejercicio funcional durante 9 meses. 22. Daño a los nervios de las extremidades: la reparación temprana y la observación pueden durar hasta 9 meses. La liberación se puede considerar después de 6 meses. Para los pacientes que no se han recuperado en 9 meses, es posible la reconstrucción funcional. Deben tomarse una baja por enfermedad después de la cirugía y hacer ejercicio durante 3 meses. 23. Aquellos con cuadros de tuberculosis espinal que destruyen los huesos: baja por enfermedad de 3 a 6 meses. 24. Si la condición de la tuberculosis espinal es estable después del reexamen: la velocidad de sedimentación globular vuelve a la normalidad, continúa en reposo durante medio día durante 3 meses y luego vuelve gradualmente a la normalidad. 25. Desprendimiento de retina: tomar baja por enfermedad durante 2-3 meses después del alta. 26. Enucleación del globo ocular y cirugía de enucleación: tome una licencia por enfermedad durante 2 semanas después del alta. 27. Maxilectomía total: baja laboral de 3 meses. 28. Cirugía de laringe: 2-4 semanas de baja para laringectomía y 3 meses de baja para laringectomía total. 29. Fractura aguda de mandíbula: simple, baja por enfermedad durante 2-4 semanas. La baja por enfermedad compleja es de 1 a 3 meses. 30. Cirugía oncológica: baja por enfermedad de 1 a 6 meses. 31. Histerectomía: Histerectomía subtotal, baja por 2 meses; baja por 3 meses después de histerectomía total o vaginectomía. 32. Histerectomía oculta: baja laboral de 3,5 meses. 33. Histerectomía extensa: baja laboral de 4 meses. 34. Episiotomía extensa: baja laboral de 4 meses. 35. Parto normal: 90 días de licencia de maternidad. 36. Partería (incisión lateral, cabezal de succión, fórceps, tracción de glúteos): 97 días de baja por maternidad. 37. Cesárea: 105 días de baja por maternidad. 38. Nacimientos múltiples: Por cada bebé adicional, la licencia de maternidad se incrementará en 15 días, es decir, 105 días de baja por enfermedad para mellizos y 120 días de baja por enfermedad para trillizos. 39. Preeclampsia: hospitalización, baja laboral hasta el parto. 40. Aborto artificial: 20-30 días de baja por enfermedad dentro de los 3 meses (incluido el fichaje al mismo tiempo); 50 días de baja por maternidad de 3 a 7 meses (inducción del parto con saco de agua, cesárea), 90 días. de parto prematuro mayor de 7 meses.
Base jurídica: Disposiciones sobre el período de tratamiento médico para los empleados de una empresa que están enfermos o lesionados no debido al trabajo Artículo 3 Si un empleado de una empresa está enfermo o lesionado no debido al trabajo y necesita dejar de trabajar. para tratamiento médico, el período se basará en sus años de trabajo reales en la unidad y en los años de trabajo, se otorgará un período médico de tres meses a 24 meses:
(1) Si los años de trabajo reales los años son inferiores a diez años, y los años de trabajo en la unidad son inferiores a cinco años, se darán tres meses cinco años Lo anterior es seis meses;
(2) Si el período de trabajo real es superior a diez años, y el período de trabajo en la unidad es inferior a cinco años, es de seis meses si es superior a cinco años y inferior a diez; años, son nueve meses; si son más de diez años pero menos de quince años, son doce meses quince años, veinte años y dieciocho meses son veinticuatro meses;