2020 Preparación para el examen judicial Puntos de conocimiento Derecho comercial Ley de propiedad intelectual - Propiedad intelectual de obras especiales
1. Propiedad de los derechos de autor de obras especiales ★★★
(1) Propiedad de los derechos de autor de discursos e informes
Escritos por otros, revisé el borrador final y Lo firmé como Los derechos de autor de informes, discursos y otros trabajos publicados en mi propio nombre pertenecen al reportero o orador.
El propietario de los derechos de autor podrá pagar una remuneración adecuada al autor.
(2) Titulares de derechos de autor de obras biográficas
Para obras autobiográficas que las partes acuerdan completar con base en la experiencia de una persona específica, si las partes tienen un acuerdo sobre la propiedad de los derechos de autor, prevalecerá el acuerdo; si no hay acuerdo, los derechos de autor pertenecen a la persona específica. Si el escritor u organizador ha contribuido a la finalización de la obra, el propietario de los derechos de autor puede pagarle una remuneración adecuada.
(3) Titular de los derechos de autor de una obra derivada
1. ¿Qué es una obra derivada?
Una obra producida adaptando, traduciendo, anotando, organizando, etc. el trabajo original.
2. El propietario de los derechos de autor de la obra de interpretación
Los derechos de autor pertenecen a la persona que adapta, traduce, anota y organiza la obra.
3. Requisitos para el ejercicio de los derechos de autor en obras derivadas
Al ejercer los derechos de autor no se deben infringir los derechos de autor de la obra original.
Nótese que teóricamente, la conducta del autor de la obra deductiva no constituye infracción y es una actividad intelectual creativa. Sólo se requiere que no se infrinjan los derechos de autor de la obra original al ejercer los derechos de autor.
4. Cuando un tercero utiliza una obra derivada, debe obtener el consentimiento del propietario de los derechos de autor de la obra original y del propietario de los derechos de autor de la obra derivada, y pagar una remuneración.
(1) Publicar la obra derivada
Para publicar una obra resultante de la adaptación, traducción, anotación, arreglo o compilación de obras existentes, se necesita el permiso del propietario de los derechos de autor de la obra adaptada, traducida, anotada y organizada. , o trabajo compilado y se debe obtener el propietario de los derechos de autor del trabajo original, y se debe pagar una remuneración.
(2) Representación e interpretación de obras
Para realizar una interpretación utilizando una obra producida adaptando, traduciendo, anotando y organizando obras existentes, los derechos de autor de la adaptación, traducción, El trabajo anotado y organizado debe obtenerse el permiso de la persona y del titular de los derechos de autor del trabajo original, y el pago de una remuneración.
(3) Obras interpretativas grabadas
Para las obras producidas adaptando, traduciendo, anotando y organizando obras existentes, el productor de grabaciones de audio y video deberá obtener la versión adaptada, traducida y anotada. y obras organizadas. El propietario de los derechos de autor y el propietario original de los derechos de autor dan permiso y pagan una remuneración.
5. Cuando hay dos o más obras derivadas, cada autor tiene los derechos de autor de la parte creada de forma independiente. Cuando se utilizan las obras posteriores, se requiere el consentimiento de los titulares de los derechos de autor de todas las obras anteriores.
6. Obligaciones del editor
Los editores que utilicen obras ajenas de conformidad con la ley no infringirán los derechos de autor del autor.