Cómo entender el artículo 26 de las “Disposiciones Transitorias sobre Despacho de Trabajo”
Interpretación
Este artículo aclara la "situación de despacho" del despacho no laboral, es decir, el envío de empleados de la unidad a trabajar en el extranjero o prestar servicios laborales a familias o personas físicas son no sujetos a esta disposición.
En comparación con el borrador, el borrador formal no excluye las formas de empleo de delegación y adscripción de empresas afiliadas. El autor especula que, aunque la forma de asignar y adscribir trabajadores es extremadamente común entre las empresas afiliadas, falta una definición legal clara. En la práctica, según la experiencia del autor, la subcontratación y la adscripción entre empresas relacionadas forman una separación entre el sujeto de la relación laboral y el sujeto de la ejecución del contrato de trabajo, lo cual es muy similar al despacho de mano de obra. Sin embargo, a diferencia del comportamiento empresarial de despacho de mano de obra, la comisión de servicio por nombramiento no es un comportamiento empresarial. Esta separación sigue siendo legal y válida, y las autoridades judiciales generalmente no la regulan como "despacho de mano de obra".