Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - ¿Se puede confiar un caso penal a dos despachos de abogados?

¿Se puede confiar un caso penal a dos despachos de abogados?

Subjetividad jurídica:

Artículo 32 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Además de ejercer el derecho de defensa, los sospechosos e imputados también podrán confiar en una o dos personas como defensores. Podrán encomendarse como defensores a las siguientes personas: (2) Las personas recomendadas por las organizaciones o unidades populares a las que pertenezca el presunto delincuente o imputado; (3) Los tutores, familiares y amigos del presunto delincuente o imputado; Artículo 36 de la "Ley de procedimiento penal": los abogados defensores pueden proporcionar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; presentar denuncias y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias e informar a los organismos de investigación sobre el presunto delito del sospechoso y las circunstancias pertinentes; del caso. , expuso opiniones. Artículo 37 de la Ley de Procedimiento Penal: Los abogados defensores pueden reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados ​​bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular. Si un abogado defensor posee un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder notarial o una carta de asistencia jurídica y solicita reunirse con un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia, el centro de detención deberá organizar la reunión de manera oportuna. a más tardar 48 horas.

Objetividad jurídica:

Artículo 33 de la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China"* * *Además de ejercer su propio derecho a la defensa, los sospechosos y acusados ​​de un delito podrán También encomendar a Los dos actuaron como defensores. Podrán confiarse como defensores a las siguientes personas: (1) Abogados; (2) Personas recomendadas por las organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o acusado; (3) Tutores, familiares y amigos del sospechoso o acusado; No podrán ejercer como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena penal o privadas o restringidas de su libertad personal conforme a la ley.