Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - Análisis de un caso legal difícil

Análisis de un caso legal difícil

Según el análisis de la legislación china, las acciones de Japón violaron las disposiciones pertinentes de la Ley contra la Competencia Desleal. Para infringir los secretos comerciales, los secretos comerciales son diferentes de las patentes, como las invenciones, los modelos de utilidad y los diseños, y no es necesario declararlos.

Artículo 10 Los operadores no infringirán los secretos comerciales de las siguientes maneras:

(1) Obtener los secretos comerciales del obligante mediante robo, inducción, coacción u otros medios desleales;

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(2) Divulgar, utilizar o permitir que otros utilicen los medios del párrafo anterior para obtener secretos comerciales del titular del derecho;

(3) Violar el acuerdo o el requisito del titular del derecho de guardar secretos comerciales, divulgar, usar o permitir que otros usen secretos comerciales en su posesión. Si un tercero conoce o debe conocer los actos ilícitos enumerados en el párrafo anterior y obtiene, utiliza o divulga secretos comerciales ajenos, se considerará secreto comercial.

Los secretos mencionados en este artículo se refieren a información técnica y comercial que el público no conoce, que pueden aportar beneficios económicos al titular de los derechos, son prácticos y el titular de los derechos los mantiene en secreto.

Además, si el carácter es grave, la legislación penal de nuestro país también contempla el delito de violación de secretos comerciales (artículo 219 de la Ley Penal), que se refiere a la obtención de secretos comerciales del titular del derecho mediante robo, inducción, coerción u otros medios inapropiados, o Revelar, usar o permitir que otros usen ilegalmente secretos comerciales que uno ha dominado o adquirido, causando grandes pérdidas al propietario del secreto comercial.

Artículo 219 Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de violación de secretos comerciales y cause grandes pérdidas al titular de los secretos comerciales, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y será también o únicamente multado si las consecuencias son especialmente graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años, y además será multada:

(1) Obtener los secretos comerciales del titular de los derechos mediante robo, inducción, coerción u otros medios desleales;

(2) Divulgar, utilizar o permitir que otros utilicen los secretos comerciales del titular de los derechos obtenidos mediante el párrafo anterior;

(3) Violar el acuerdo o el requisito del titular del derecho de guardar secretos comerciales, divulgar, usar o permitir que otros usen secretos comerciales en su posesión.

Se considerará que ha violado los secretos industriales quien conozca o deba conocer los actos enumerados en el párrafo anterior y obtenga, utilice o divulgue secretos industriales ajenos.

El término "secretos comerciales", tal como se menciona en este artículo, se refiere a información técnica y comercial que el público no conoce, que puede aportar beneficios económicos al titular del derecho, que es práctica y que la autoridad mantiene confidencial. titular del derecho.

El titular de los derechos mencionado en este artículo se refiere al propietario del secreto comercial y al usuario del secreto comercial con el permiso del propietario.

Por supuesto, todo lo anterior se basa en el análisis de las leyes de nuestro país. Ni siquiera he estudiado las leyes de Japón o Alemania, así que no me atrevo a hacer ningún comentario, pero en general todos los países tienen legislación sobre competencia desleal en actividades comerciales.