Una cuestión legal sobre la implicación
C. La Parte A hizo una oferta por escrito a la Parte B y las dos partes no tuvieron contacto previo. La Parte A indicó claramente en la oferta que si la Parte B no presenta ninguna objeción dentro de un mes, se considerará acordado. Después de 1 mes, el Partido B guardará silencio.
La Parte A indicó claramente en la oferta que si la Parte B no presenta ninguna objeción dentro de un mes, se considerará acuerdo.
Esta sentencia viola las disposiciones imperativas de la ley y es inválida. Lo dispuesto en la Ley de Contratos Civiles en materia de invitaciones es que si el destinatario no responde dentro del plazo señalado o de un plazo razonable, se considerará un no compromiso y no se establecerá el contrato.
Entonces la oración C en sí es incorrecta.
La implicación es una expresión de conciencia, un acto jurídico y un concepto jurídico riguroso. El silencio en C no tiene sentido y no formará un hecho jurídico, por lo que este silencio no es silencio.