Se deben cumplir dos condiciones para jubilarse a los 50 años
1. Diez años de servicio continuo, certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral, y pérdida total de la capacidad laboral.
2. Quienes se encuentren incapacitados para el trabajo y hayan sido certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral como de pérdida total de la capacidad para trabajar.
Entre las personas que pueden disfrutar de la jubilación anticipada se encuentran:
En primer lugar, los funcionarios.
Según la Ley de Servicio Civil, los funcionarios nacionales pueden jubilarse anticipadamente después de 30 años de servicio. Si la diferencia es inferior a 30 años, la diferencia es de 20 años y la edad de jubilación estipulada por el estado es inferior a 5 años, también puede jubilarse anticipadamente.
En segundo lugar, la enfermedad cede.
(1) Hombres mayores de cincuenta años y mujeres mayores de cuarenta y cinco años, que hayan trabajado ininterrumpidamente durante diez años, y estén certificados por el hospital y confirmados por el comité de valoración laboral para han perdido por completo la capacidad de trabajar, pueden jubilarse anticipadamente.
(2) Quienes estén incapacitados por motivos laborales pueden jubilarse anticipadamente después de ser certificados por el hospital y confirmados por el comité de evaluación laboral.
El tercero son los que realizan tipos especiales de trabajo.
La definición de tipos de trabajo especiales se refiere principalmente a personas que trabajan a gran altura, bajo altas temperaturas y con trabajos particularmente pesados. Y algunos trabajos y personas son tóxicos y dañinos. Estos trabajadores, hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 45 años, que hayan trabajado de forma ininterrumpida durante diez años, pueden jubilarse anticipadamente.
Para la jubilación anticipada en tipos de trabajo especiales, primero debe registrarse en el departamento de seguridad social local antes de poder realizar tipos de trabajo especiales.
Edad normal de jubilación:
La edad legal de jubilación para los empleados nacionales es de 60 años para los cuadros y empleados masculinos, de 55 años para los cuadros femeninos y de 50 años para las empleadas.
Pero para las empleadas, la edad de jubilación debe determinarse de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la legislación laboral y los cambios de puesto. Las empresas deben informar con prontitud los cambios en los puestos de las empleadas al departamento de seguridad social y a la agencia de seguridad social para su archivo. Cuando una empresa declara la jubilación de una empleada, debe proporcionar una base clara para la asignación del puesto. El departamento de recursos humanos y seguridad social aprobará la jubilación basándose en la información pertinente y los expedientes de los empleados proporcionados por la empresa.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. En caso de duda, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica:
Artículo 1 de las Medidas Provisionales del Consejo de Estado sobre Jubilación y Dimisión de Trabajadores.
Se jubilarán los trabajadores de empresas e instituciones de propiedad total del pueblo, agencias estatales y organizaciones populares que cumplan una de las siguientes condiciones: (1) Los hombres deben tener más de 60 años y las mujeres deben tener más de 60 años. 50 años de edad, con diez años consecutivos de servicio.
(2) Quienes realicen trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, especialmente pesados u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de 55 años, mujeres mayores de 45 años y que tengan Trabajó continuamente durante diez años.
Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones laborales sean las mismas que las de los trabajadores.
(3) El hombre tiene más de cincuenta años, la mujer tiene más de cuarenta y cinco años, ha trabajado continuamente durante diez años, ha sido certificado por el hospital y confirmado por el comité de valoración laboral, y ha perdido por completo la capacidad de trabajar.
(4) Incapacitado para el trabajo, certificado por el hospital y confirmado por el Comité de Evaluación Laboral, perdiendo completamente la capacidad para trabajar.