Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - ¿Alguien tiene el texto completo de "Interpretación de varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el tratamiento de casos penales de infracción de propiedad intelectual (2)"?

¿Alguien tiene el texto completo de "Interpretación de varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el tratamiento de casos penales de infracción de propiedad intelectual (2)"?

Anuncio del Tribunal Popular Supremo y de la Fiscalía Popular Suprema

"La interpretación del Tribunal Popular Supremo y de la Fiscalía Popular Suprema sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el tratamiento penal Casos de infracción de propiedad intelectual (II)" se emitió el Adoptado por la 1422.ª reunión del Comité Judicial del Tribunal Popular Supremo y la 75.ª reunión del 10.º Comité de Fiscalía de la Fiscalía Suprema del Pueblo el 4 de abril de 2007, por la presente se anunciado y entrará en vigor el 5 de abril de 2007.

5 de abril de 2007

El Tribunal Supremo Popular y la Fiscalía Suprema Popular emitieron varias cuestiones relativas a la aplicación específica de la ley en el tratamiento de

casos penales de propiedad intelectual. infracción (2)

(Interpretación Fa [2007] No. 6)

Con el fin de mantener el orden económico del mercado socialista y castigar las actividades delictivas que infrinjan los derechos de propiedad intelectual en de conformidad con la ley, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley Penal y la Ley de Procedimiento Penal. El reglamento estipula que varias cuestiones relacionadas con la aplicación específica de las leyes en el manejo de casos penales de infracción de propiedad intelectual se explican a continuación:

Artículo 1: Con fines de lucro, sin el permiso del propietario de los derechos de autor, copiar y distribuir sus obras literarias, música, películas, obras de televisión, vídeos, programas informáticos y otras obras, si el número total de copias supera las 500 (copias ), se incluye en "otras circunstancias graves" previstas en el artículo 217 de la Ley Penal si el número de copias excede de 2.500. Si hay más de cien hojas (copias), se incluye en "otras circunstancias especialmente graves" previstas en el artículo 217; del Derecho Penal.

El artículo 2 “Copia y distribución” en el delito de infracción de derechos de autor del artículo 217 de la Ley Penal incluye el acto de copiar, distribuir, o tanto copiar como distribuir.

Si el titular de un producto infractor promociona el producto infractor mediante publicidad, suscripción, etc., se encuentra comprendido en la "distribución" prevista en el artículo 217 de la Ley Penal.

Quien publique, copie o distribuya ilegalmente obras ajenas e infrinja los derechos de autor constituye un delito, y será condenado y sancionado conforme al delito de infracción de derechos de autor.

Artículo 3 Si el delito de infracción de derechos de propiedad intelectual reúne las condiciones para la libertad condicional previstas en la ley penal, la libertad condicional se aplicará de conformidad con la ley. Las sentencias suspendidas generalmente no son aplicables si ocurre una de las siguientes circunstancias:

(1) Después de haber sido sancionado penalmente o administrativamente por infringir derechos de propiedad intelectual, infringir derechos de propiedad intelectual nuevamente constituye un delito;

( 2) No mostrar remordimiento;

(3) Negarse a entregar ganancias ilegales;

(4) Otras circunstancias en las que la libertad condicional no es apropiada.

Artículo 4 Para los delitos de infracción de derechos de propiedad intelectual, el Tribunal Popular considerará de manera integral las ganancias ilegales del delito, la cantidad de operaciones comerciales ilegales, las pérdidas causadas a los titulares de derechos, el daño social y otras circunstancias, e imponerle una multa conforme a la ley. El monto de la multa generalmente es entre uno y cinco veces el ingreso ilegal, o entre el 50% y una vez del monto del negocio ilegal.

Artículo 5: Si la víctima tiene pruebas para probar un caso penal de infracción de derechos de propiedad intelectual y presenta directamente una demanda ante el Tribunal Popular, el Tribunal Popular aceptará el caso de conformidad con la ley; Los casos penales de infracción de la propiedad intelectual que pongan en peligro grave el orden social y los intereses nacionales serán tramitados por el Tribunal Popular y la fiscalía iniciará un proceso público de conformidad con la ley.

Artículo 6: Las unidades que realicen los actos previstos en los artículos 213 a 219 de la Ley Penal deberán cumplir con la "Aplicación específica del Tribunal Supremo Popular y de la Fiscalía Suprema Popular en el tratamiento de casos penales por infracción de propiedad intelectual". "Interpretación de Varias Cuestiones Jurídicas" y los estándares de condena y sentencia para los correspondientes delitos individuales estipulados en esta interpretación.

Artículo 7 Si las interpretaciones judiciales emitidas anteriormente son incompatibles con esta interpretación, prevalecerá esta interpretación.

Autoridad emisora: Tribunal Popular Supremo/Fiscalía Popular Suprema Fecha de publicación: 5 de abril de 2007 Fecha de implementación: 5 de abril de 2007 (Reglamento Central)