¿Cuál es la diferencia entre "agente designado" y "agente designado"?
1. Definiciones diferentes
Agencia principal significa que el poder del agente se genera en función de la encomienda del principal. . En una relación principal-agente, el principal otorga poder de agencia al agente mediante la expresión de su intención. La encomienda y agencia en actos jurídicos civiles puede ser de forma escrita o verbal. Si la ley exige la forma escrita, será por escrito.
Un agente designado se refiere a un agente que tiene poder de agencia designado por el tribunal o una unidad designada. Generalmente se aplica a dos situaciones: primero, en un proceso civil, la parte interesada es una persona sin capacidad para actuar civilmente o una persona con capacidad limitada para actuar civilmente y no tiene representante legal; segundo, si el representante legal elude su responsabilidad; el tribunal nombrará a uno de ellos como agente.
2. Diferentes ámbitos de aplicación
La agencia principal se aplica principalmente a actividades comerciales. Ambas partes pueden ser ciudadanos o personas jurídicas que se especialicen en transacciones comerciales u otras operaciones. La mayoría de los agentes designados son ciudadanos individuales, mientras que el mandante es una persona sin capacidad para la conducta civil o una persona con capacidad limitada para la conducta civil.
3. Diferencias obligatorias
La agencia principal es un acuerdo alcanzado por el principal y el agente mediante libre negociación. El mandante no puede obligar a otros a ser su agente, y otros no pueden obligar al mandante a nombrarlo su agente. El nombramiento de un agente no se basa en una consulta gratuita, sino que lo designa el tribunal popular u otras autoridades competentes en función de su autoridad. La persona designada no podrá negarse a cumplir las obligaciones de la agencia sin motivo alguno.
Datos ampliados:
La agencia se dará por terminada en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) El período de la agencia expira o los asuntos de la agencia se completan;
(2) El mandante cancela la encomienda o el agente abandona la encomienda;
(3) El agente muere;
(4) El agente pierde su capacidad para conducta civil;
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(5) Extinción de la persona jurídica como principal o agente.
El artículo 175 de los "Principios Generales del Derecho Civil" estipula que la representación jurídica cesa en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Que el mandante obtenga o reanude plena conducta civil capacidad;
(2) El agente pierde la capacidad para la conducta civil;
(3) El agente o el mandante muere;
(4) La ley estipula Otras circunstancias.
Materiales de referencia:
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