Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - 17 años, lesión intencional con resultado de muerte generalmente se condena a varios años.

17 años, lesión intencional con resultado de muerte generalmente se condena a varios años.

Un joven de 17 años que cause daño intencionalmente generalmente será sentenciado a hasta tres años de prisión. Debido a que el sospechoso es menor de 18 años, una vez que cometa el delito de lesión intencional, será castigado levemente, pero será sentenciado a al menos tres años de prisión.

1. ¿Cómo condenar a un joven de 17 años por lesión intencionada?

El que intencionalmente lesione a un menor de 17 años será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años. El delito de lesión intencional y el delito de organización de la venta de órganos humanos se refieren al daño intencional al cuerpo de otras personas y se castigan con pena de prisión de no más de tres años, detención penal o vigilancia. Quienes causen daños graves a otros serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, quien cause la muerte o una discapacidad grave por medios especialmente crueles, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años; diez años y no más de diez años, o prisión perpetua o muerte.

2. ¿Cuáles son las precauciones para la jurisdicción sobre lesiones intencionales?

(1) ¿Tiene la víctima pruebas que acrediten los hechos del delito?

Si hay pruebas, es un caso que puede ser perseguido; si no, no cumple con las condiciones de un caso de acusación particular.

(2) La víctima opta por iniciar una acción privada o iniciar una acción pública ante el órgano de seguridad pública.

Los casos de acusación particular son casos en los que la víctima tiene pruebas que demuestran que cumple con las condiciones legales para presentar una acusación particular y presenta una demanda directamente ante el Tribunal Popular si el acusado insiste en perseguir la responsabilidad penal; a los procedimientos de procesamiento público, los órganos de seguridad pública, los órganos de fiscalía y los tribunales populares. Se manejará bajo la jurisdicción de los casos de procesamiento público.

(3) Si la víctima acusa o solicita procesamiento.

Cuando la víctima se reconcilia con el infractor y la víctima renuncia al procesamiento, los órganos de seguridad pública y los órganos de la fiscalía no deben tomar la iniciativa de procesar, de lo contrario se dañarán los derechos procesales del acusado (infractor) .

3. ¿Qué circunstancias agravantes se considerarán lesión dolosa?

(1) Para reincidentes, la naturaleza de los delitos cometidos antes y después, el período de tiempo desde la finalización de la ejecución de la sentencia o el indulto hasta la reincidencia y la gravedad de los delitos. cometidos antes y después deben considerarse exhaustivamente. La pena base debe aumentarse entre un 10% y un 40%, generalmente no menos de 3 meses.

(2) Para aquellos con antecedentes penales, la pena base puede aumentarse a menos del 10%, teniendo en cuenta la naturaleza de los antecedentes penales, la duración del intervalo de tiempo, la frecuencia y la gravedad. del castigo. Se exceptúan los delitos anteriores de negligencia criminal y delincuencia juvenil.

(3) Si el delito se dirige a menores de edad, personas mayores, discapacitados, mujeres embarazadas y otros grupos vulnerables, la pena base podrá incrementarse en menos del 20%, teniendo en cuenta la naturaleza y gravedad del delito. delito.

(4) Para quienes cometan intencionalmente delitos durante grandes desastres naturales, prevención y control de enfermedades infecciosas repentinas, etc., la pena base podrá incrementarse en menos del 20% según las circunstancias específicas del delito. caso.

Las leyes pertinentes de nuestro país tienen disposiciones claras sobre los sospechosos de lesiones intencionales. Sin embargo, el sospechoso será castigado de acuerdo con la situación real del caso y la gravedad de las consecuencias. es menor de 18 años, será castigado por el delito original. Se le impondrá una pena más leve en función del castigo.