Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - La ley estipula que los niños menores de 12 años no pueden andar en bicicleta.

La ley estipula que los niños menores de 12 años no pueden andar en bicicleta.

Los niños menores de 12 años no pueden circular en bicicleta por la vía pública. Según las leyes pertinentes, los niños menores de 12 años no pueden andar en bicicleta en la carretera. Según el análisis de datos médicos, fisiológicos y psicológicos, el período de desarrollo de una persona suele requerir doce o trece años de edad para cumplir los requisitos mínimos mencionados anteriormente. Por tanto, desde la perspectiva de garantizar la seguridad de los niños, las normas de tráfico estipulan que los niños menores de 12 años no pueden andar en bicicleta.

Quienes conduzcan bicicletas, triciclos, bicicletas eléctricas o sillas de ruedas motorizadas para personas con discapacidad en la vía deberán sujetarse a las disposiciones legales correspondientes: quienes conduzcan bicicletas o triciclos deberán tener al menos 12 años de edad; quienes conducen bicicletas eléctricas y personas con discapacidad deben tener al menos 12 años; para utilizar una silla de ruedas motorizada, debe tener al menos 16 años; no conducir bajo los efectos del alcohol; debe reducir la velocidad antes de girar y no conducir; girar de repente. Al adelantar, no se debe obstaculizar el adelantamiento. No remolcar, trepar o ser remolcado por otros vehículos, no dejar el manillar ni sostener cosas en las manos; no caminar uno al lado del otro, perseguirse ni correr en zigzag; no andar en monociclo o bicicleta con más de 100 kg; 2 personas en la carretera; las personas no discapacitadas con extremidades inferiores no pueden conducir sillas de ruedas motorizadas; las bicicletas y triciclos no deben estar equipados con dispositivos eléctricos no deben aprender a conducir vehículos no motorizados en la carretera.

Base jurídica: Artículo 72 del “Reglamento para la Aplicación de la Ley de Seguridad Vial de la República Popular China”.

La conducción de bicicletas, triciclos, bicicletas eléctricas y sillas de ruedas motorizadas para personas con discapacidad en la vía deberá cumplir con las siguientes normas:

(1) Debe tener al menos 12 años para conducir una bicicleta o triciclo;

p>

(2) Debe tener al menos 16 años para conducir bicicletas eléctricas y sillas de ruedas motorizadas para personas con discapacidad;

(3 ) Está estrictamente prohibido conducir en estado de ebriedad;

(4) Antes de girar, debe reducir la velocidad y enviar una señal, no debe realizar giros bruscos y bruscos y no debe obstaculizar el adelantamiento al adelantar al vehículo que le precede;

(5) No está permitido tirar, trepar ni ser remolcado por otros vehículos, y no está permitido soltarse del asa ni tomarse de las manos.

(6) No está permitido correr en paralelo, perseguirse o competir entre sí;

(7) No está permitido andar en monociclo o dos o más personas andar en bicicleta en la carretera <; /p>

(8) Las personas sin discapacidad en las extremidades inferiores no pueden conducir sillas de ruedas motorizadas para personas discapacitadas;

(9) No se permite que bicicletas y triciclos estén equipados con dispositivos eléctricos;

(10) No están permitidos en la vía. Aprenda a conducir vehículos no motorizados.