Después de la muerte de su marido, ¿tiene la esposa la obligación y la base legal para mantener a su suegra?
1. Ley de Sucesiones
1. Artículo 12: La nuera viuda que haya cumplido sus obligaciones alimentarias principales con sus suegros y con el yerno viudo. - Se considerará primer heredero a la ley que haya cumplido con sus principales obligaciones alimentarias para con sus suegros.
2. El artículo 13 establece que si el heredero ha cumplido con la obligación alimentaria principal del causante o vive con él, podrá dividir más al distribuir la herencia.
Segundo, Ley de Matrimonio
1. Artículo 21: Los padres tienen la obligación de criar y educar a sus hijos; los hijos tienen la obligación de sustentar y sustentar a sus padres.
Cuando los padres incumplen sus obligaciones de manutención de los hijos, los menores o niños que no pueden vivir de forma independiente tienen derecho a exigir a sus padres el pago de la manutención de los hijos.
Los padres que no pueden trabajar o tienen dificultades para vivir tienen derecho a exigir a sus hijos el pago de una pensión alimenticia cuando estos no cumplen con sus obligaciones alimentarias.
2. Artículo 28 Los abuelos que puedan costearlo tienen la obligación de sustentar a sus nietos menores cuyos padres hayan fallecido o cuyos padres no puedan sustentarlos. Los nietos que puedan permitírselo tienen la obligación de mantener a los abuelos cuyos hijos hayan fallecido o no puedan mantenerlos.
Desde una perspectiva jurídica, una nuera no tiene la obligación de mantener a sus suegros, pero desde una perspectiva moral, sus suegros también son padres. Como niños, todos debemos ser filiales con nuestros padres.