¿Cuáles son los tres poderes?
Poder legislativo, facultad del estado para dictar, modificar y derogar leyes. Se divide en dos categorías: la primera categoría es la facultad de formular y modificar la constitución; la segunda categoría es la facultad de formular y modificar las leyes ordinarias. Por un lado, el cuerpo legislativo dicta las leyes por sí solo; por otro lado, el cuerpo legislativo autoriza a los organismos administrativos a formular leyes, reglamentos, resoluciones y órdenes, todos los cuales tienen el carácter de normas jurídicas.
El poder judicial se refiere al poder que disfruta una agencia estatal específica para realizar actividades especializadas en forma de juicios que aplican leyes relevantes a casos específicos de acuerdo con su autoridad legal y ciertos procedimientos.
El poder administrativo es la facultad de organizar y gestionar los asuntos públicos y prestar servicios públicos de conformidad con la ley. Es uno de los componentes del poder estatal.