La diferencia entre autorización general y autorización especial
1. La diferencia entre autorización general y autorización especial:
(1) Autorización general: El agente sólo tiene derecho a comparecer ante el tribunal, recoger y aportar pruebas, debatir, redactar. procesamiento y otros documentos legales. Derechos de litigio;
(2) Autorización especial: además de los derechos de litigio de los agentes generalmente autorizados, los agentes de agentes especialmente autorizados también pueden ejercer derechos de litigio que involucren los intereses sustanciales de las partes. , como la reconciliación y las apelaciones.
2. Base jurídica: Artículo 59 del “Código Civil de la República Popular China”
Si encomiendas a otra persona que actúe como agente en un litigio, deberás someterte a al Tribunal Popular una carta firmada o sellada por el cliente. El poder debe especificar los asuntos y la autoridad encomendados. Los agentes litigantes deben contar con autorización especial del cliente para admitir, abandonar o modificar reclamaciones litigiosas, realizar acuerdos, presentar reconvenciones o apelaciones en su nombre. El poder enviado o encomendado por nacionales chinos * * y ciudadanos chinos que viven en el extranjero debe ser autenticado por los chinos * * y la embajada o consulado chino en ese país, si no hay embajada o consulado, será autenticado por un tercero; país que tiene relaciones diplomáticas con el pueblo chino Es autenticado por la embajada o consulado, y luego autenticado por el pueblo chino y la embajada o consulado chino en el tercer país, o por el grupo patriótico chino de ultramar local.
En segundo lugar, ¿cuál es el alcance de la autorización especial?
Agencia especialmente autorizada significa que, además de disfrutar de los derechos de litigio de un agente autorizado general, el agente de la agencia especialmente autorizada también puede ejercer derechos de mediación, apelación y otros derechos de litigio que involucren los intereses sustanciales de las partes. Son facultades del apoderado especial las siguientes:
1. Reconocer total o parcialmente las pretensiones del representante
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3. Conciliación en nombre de otros;
4. Presentar una reconvención en nombre de otros
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