Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - ¿Puedo apelar si no estoy satisfecho con la primera instancia y luego volver a intentarlo?

¿Puedo apelar si no estoy satisfecho con la primera instancia y luego volver a intentarlo?

Subjetividad Legal:

Sí, puedes. Cualquiera que no esté satisfecho con la sentencia o decisión del tribunal popular de primera instancia puede apelar ante el tribunal popular del nivel inmediatamente superior dentro del plazo legal. El plazo de apelación para una parte insatisfecha con una sentencia civil o administrativa es de 15 días y el de sentencia es de 10 días; el plazo de apelación para una sentencia penal es de 10 días y de 5 días para la resolución; El procedimiento de recurso específico establece que los recursos deben interponerse dentro del plazo legal. El plazo de apelación de una sentencia es de 15 días a partir de la fecha de notificación, y el de una resolución es de 10 días a partir de la fecha de notificación, mientras que el plazo de apelación de una sentencia que establece un fondo de limitación de responsabilidad marítima es de sólo 7 días. Este plazo se computará a partir del segundo día siguiente a la recepción de la sentencia o fallo. Si las partes reciben la sentencia o resolución en fechas diferentes, el plazo de apelación se computará a partir del día siguiente de recibida la sentencia o resolución. Si el último día en que vence el plazo es feriado legal, la fecha de vencimiento será el primer día hábil posterior al feriado legal. Si ambas partes no presentan recurso de apelación dentro del plazo legal, la sentencia de primera instancia tendrá efectos jurídicos, siempre que una de las partes presente recurso de apelación durante el plazo de apelación, éste no tendrá efecto. Si no está satisfecho con la sentencia de primera instancia, puede decidir apelar. Entonces, sin importar si la otra parte apela o no, apelará. Si cree que la otra parte apeló, no es necesario que yo apele. De todos modos, tengo que realizar otro juicio. Sólo puedo decirle al juez la opinión de la sentencia de primera instancia. Entonces estás equivocado. Porque la Ley de Procedimiento Civil estipula claramente que si el apelado solicita cambiar el contenido de la sentencia de primera instancia en el juicio de segunda instancia, el tribunal popular de segunda instancia no podrá revisarlo. En otras palabras, siempre que no presente una apelación, el tribunal considerará que está de acuerdo con la sentencia original y la segunda instancia puede ignorar su reclamo. Por lo tanto, independientemente de si la otra parte apela o no, siempre que nunca haya aceptado un juicio y haya pedido al tribunal de segunda instancia que cambie la sentencia, debe apelar. Si desea apelar, primero debe escribir una carta de apelación. Si contrata a un abogado, la apelación la puede redactar él mismo; si no contrata a un abogado, puede redactarla usted mismo. Al escribir una petición de apelación, preste atención a los siguientes puntos: 1. En la solicitud de apelación, primero se debe describir completamente todo el caso y luego se deben indicar los resultados de la sentencia original para indicar si la sentencia original se rechaza total o parcialmente. Finalmente, aclare la solicitud de litigio específica, ya sea para revocar la sentencia original, cambiar completamente la sentencia original o cambiar parcialmente la sentencia original. 2. Los motivos del recurso se dirigen principalmente contra la sentencia original, no contra la otra parte. Las principales razones para objetar la sentencia y el fallo originales son: (1) hechos poco claros y pruebas principales insuficientes (2) naturaleza inadecuada del juicio original; (3) aplicación inadecuada del derecho sustantivo (4) violación de los procedimientos legales; Los recursos de apelación contra la sentencia o fallo del tribunal de primera instancia se interpondrán a través del Tribunal Popular original, y se presentarán copias de la petición de apelación según el número de partes contrarias. Las apelaciones deben estar sujetas a una tarifa de apelación. Debe pagar los honorarios del litigio en el banco designado dentro de los 7 días siguientes a la fecha de presentación de la apelación de acuerdo con el aviso de pago que le entregó la primera instancia. Si realmente tienes dificultades para pagar las tasas, puedes solicitar un aplazamiento, reducción o exención del pago. Falta de pago de los honorarios del litigio dentro del plazo. Si no solicita el aplazamiento, reducción o exención de pago, o si su solicitud no es aprobada por el tribunal y no se pagan los honorarios del litigio, el tribunal considerará el caso como desistido.

Objetividad jurídica:

Artículo 227 de la "Ley de Procedimiento Penal": El imputado, el fiscal particular y su representante legal se niegan a aceptar la primera instancia del tribunal popular local en todos los niveles. Las sentencias y fallos tienen derecho a apelarse por escrito u oralmente ante el tribunal popular del nivel inmediatamente superior. El defensor del imputado y sus familiares cercanos podrán apelar con el consentimiento del imputado. Las partes en un proceso civil incidental y sus representantes legales podrán apelar contra la parte del proceso civil incidental de las sentencias y fallos de primera instancia de los tribunales populares locales de todos los niveles. El demandado no será privado de su derecho de apelar bajo ningún pretexto.