Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - Después del veredicto de primera instancia y del recurso de apelación en segunda instancia, pero antes del juicio, ¿puedo renunciar a mis derechos sucesorios?

Después del veredicto de primera instancia y del recurso de apelación en segunda instancia, pero antes del juicio, ¿puedo renunciar a mis derechos sucesorios?

Respuesta del abogado:

Es posible. Según el artículo 48 de la Interpretación Judicial de la Ley de Sucesiones: Durante el litigio, si un heredero renuncia verbalmente a la herencia ante el tribunal popular, se hará una transcripción firmada por la persona que renunció a la herencia. Por tanto, tras la sentencia de primera instancia se puede interponer el recurso de apelación en segunda instancia, pero antes del juicio se puede renunciar a los derechos sucesorios.

Sin embargo, la renuncia del heredero a los derechos sucesorios no le exime de sus obligaciones legales. Artículo 46 de la Interpretación Judicial: Si un heredero no puede cumplir con sus obligaciones legales por renunciar a sus derechos sucesorios, el acto de renuncia a sus derechos sucesorios será nulo.