¿Cómo dividir los bienes prematrimoniales si lleva más de 10 años casado?
Los bienes prematrimoniales son todos los bienes de una de las partes antes del matrimonio. La definición legal de propiedad prematrimonial se basa en el momento específico del registro del matrimonio, no en el momento de la convivencia o la cena. Si hay un acuerdo sobre la propiedad de los bienes prematrimoniales después del matrimonio, se respetará el acuerdo. Si una pareja tiene un acuerdo escrito u oral sobre la propiedad de bienes, y si no hay disputa entre las dos partes, el divorcio se tramitará de acuerdo con el acuerdo. Si los bienes muebles antes del matrimonio se dañan, consumen o se pierden naturalmente durante el matrimonio, si una de las partes reclama una compensación con los bienes conyugales durante el divorcio, la reclamación no será admitida. Los bienes prematrimoniales se definen como la fecha de registro del matrimonio entre las partes. Antes de que se registre el matrimonio, todos los bienes de ambas partes pertenecen a una de las partes. Una vez registrado el matrimonio, salvo disposición en contrario de la ley o acuerdo especial de las partes, todos los bienes adquiridos por una sola de las partes o por ambas se considerarán propiedad conjunta del matrimonio. El objetivo de esta disposición es simplificar las relaciones de propiedad y facilitar la división de los bienes conyugales durante el divorcio.
Base jurídica
Artículo 1062 del Código Civil de la República Popular China: (1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones laborales; (2) Ingresos provenientes de la producción, operaciones e inversiones; (3) Rentas de propiedad intelectual; (4) Bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) Otros bienes que deban pertenecer a * * *. El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes. Artículo 1065: Hombres y mujeres pueden pactar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio sean de su propiedad, en todo o en parte, o en parte. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 1062 y 1063 de esta Ley. El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio es jurídicamente vinculante para ambas partes. El marido y la mujer acuerdan que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro.