¿Se puede corregir la liquidación final de resultados de explotación en 2021?
Sí.
Según la “Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas” y las “Medidas Administrativas para la Liquidación y Pago Final del Impuesto sobre la Renta de las Empresas”, los contribuyentes pueden cumplimentar la declaración de liquidación definitiva que hayan presentado dentro de los 5 días hábiles siguientes a la Fecha límite de presentación para 2019. Corrección: Para errores causados por errores de cálculo u otros motivos, se puede presentar una solicitud de corrección ante la autoridad fiscal competente en cualquier momento del año.