Disposiciones para prevenir el abuso del poder administrativo y eliminar conductas que restrinjan la competencia
Las conductas específicas incluidas en el monopolio administrativo y la restricción de la competencia incluyen: obtener licencias administrativas y autorizar a los operadores a restringir el comportamiento de otros competidores; restringir la circulación de bienes y restringir la competencia normal;
Objetividad jurídica:
El artículo 7 de la "Ley contra la competencia desleal" de mi país estipula que el gobierno y sus departamentos no abusarán del poder administrativo para impedir que otros compren bienes de sus designados. productos de los operadores, o restringir las actividades comerciales legítimas de otros operadores. El gobierno y sus departamentos no abusarán de su poder para restringir la entrada de bienes extranjeros al mercado local o el flujo de bienes locales a los mercados extranjeros. "Esta es una prohibición contra el gobierno y sus departamentos subordinados que abusan de su poder para restringir la competencia, e incluye dos aspectos. Primero, prohíbe al gobierno y sus departamentos subordinados participar en actividades económicas de mercado apoyándose en el poder administrativo. El gobierno y sus departamentos subordinados deben ser responsables de las políticas pertinentes en las actividades económicas de mercado. Si el gobierno utiliza el poder administrativo para intervenir en las transacciones del mercado y restringir que otros compren los bienes de sus operadores designados, restringirá las actividades comerciales legítimas de otros operadores, exponiendo así. a sus operadores designados a un estatus de competencia desleal. En segundo lugar, el gobierno y sus departamentos subordinados tienen prohibido utilizar el poder administrativo para implementar bloqueos regionales, obstaculizando el establecimiento y mejora de un sistema de mercado unificado, de competencia leal, estandarizado y ordenado en todo el país. dañar el entorno de competencia leal "Disposiciones sobre la prohibición de bloqueos regionales en las actividades económicas de mercado" El artículo 4 del "Reglamento" estipula que los gobiernos populares locales en todos los niveles y sus departamentos subordinados no violarán las leyes, los reglamentos administrativos ni las disposiciones del Consejo de Estado. implementar los siguientes bloqueos regionales: 1. 2. Establecer puestos de control en carreteras, estaciones, puertos, aeropuertos o en los límites de sus regiones administrativas para impedir la entrada de productos extranjeros o la salida de productos locales; 3. Establecer productos extranjeros o; Cobro discriminatorio de artículos, establecimiento de precios discriminatorios o implementación de estándares de cobro discriminatorios. 4. Adoptar diferentes requisitos técnicos y estándares de inspección para productos o servicios extranjeros a partir de productos o servicios locales similares, o adoptar inspecciones y certificaciones repetidas para productos o servicios extranjeros. Medidas técnicas discriminatorias. restringir la entrada de productos o servicios extranjeros al mercado local; 5. Adoptar medidas especiales como franquicias, monopolios, aprobación y licencias para productos o servicios extranjeros, implementar un trato discriminatorio y restringir la entrada de productos o servicios extranjeros al mercado local; Pasar Establecer requisitos de calificación discriminatorios, estándares de evaluación o no divulgar información de acuerdo con la ley, restringir o excluir a empresas extranjeras, otras organizaciones económicas o individuos de participar en actividades de licitación local. 7. Adoptar un trato desigual con empresas locales, otras organizaciones económicas o; individuos, Restringir o excluir a empresas extranjeras, otras organizaciones económicas o individuos de invertir o establecer sucursales localmente, o discriminar a empresas extranjeras, otras organizaciones económicas o individuos de invertir o establecer sucursales localmente, infringiendo sus derechos e intereses legítimos; 8. Bloqueo de; En otros ámbitos, los artículos 21 y 22 del Reglamento estipulan los principios de castigo correspondientes para quienes violen las disposiciones anteriores aplicando bloqueos regionales, tolerando o protegiendo bloqueos regionales u obstruyendo o interfiriendo con las investigaciones sobre bloqueos regionales.