Compensación por despido en la legislación laboral estadounidense
El despido es la abreviatura de despido económico, que es la extinción del contrato de trabajo por causas del empleador. Se refiere al despido colectivo de trabajadores por parte del empleador dentro de un plazo legal determinado de conformidad con la ley. Las empresas que implementan reducciones económicas pueden reducir el excedente de personal debido a cambios en las condiciones de producción y operación. La nueva ley laboral estipula que la indemnización por despido es: Artículo 40 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo previa notificación escrita al empleado con 30 días de anticipación o pagándole un mes adicional de salario: (1) Trabajo El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de que expire el período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original o el trabajo organizado por separado por el empleador (2) El empleado no está calificado para el trabajo, y después; capacitarse o ajustarse al puesto de trabajo, aún no puede hacerlo; (3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, lo que imposibilita el cumplimiento del contrato de trabajo; El empleador y el empleado no pueden llegar a un acuerdo para cambiar el contenido del contrato de trabajo después de la negociación. Artículo 41 En una de las siguientes circunstancias, si es necesario despedir a más de 20 empleados o menos de 20 empleados, pero que representen más del 10% del número total de empleados de la empresa, el empleador deberá explicar la situación a del sindicato o de todos los empleados con 30 días de antelación, y previa audiencia del sindicato o de los empleados, previa opinión e informe al departamento de administración del trabajo, se podrá reducir el número de empleados: (1) Reorganización de conformidad con las disposiciones de la Concurso de Empresas Ley; (2) Se producen dificultades graves en la producción y operación; (3) La empresa sufre cambios de producción, importantes innovaciones tecnológicas o ajustes en los métodos comerciales, todavía es necesario despedir empleados después de cambiar el contrato laboral; Hay otros cambios importantes en las condiciones económicas objetivas en base a las cuales se celebró el contrato de trabajo, que hacen imposible su cumplimiento. Al reducir el personal, se debe dar prioridad a retener al siguiente personal: (1) Aquellos que hayan firmado un contrato laboral de duración determinada con la unidad; (2) Aquellos que hayan firmado un contrato laboral de duración determinada con la unidad; (3) No hay otros empleados en la familia y hay personas mayores o menores que necesitan apoyo. Si un empresario reduce su plantilla de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo y vuelve a contratar personal en el plazo de seis meses, notificará al personal despedido y dará prioridad al personal despedido en las mismas condiciones. Artículo 42 Si un empleado tiene alguna de las siguientes circunstancias, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de esta Ley: (1) El empleado que se dedique a operaciones expuestas a riesgos laborales no ha haber sido separados del empleador por examen de salud ocupacional previo al trabajo, o pacientes con sospecha de enfermedades ocupacionales durante el diagnóstico u observación médica (2) Padecer enfermedades ocupacionales o lesiones relacionadas con el trabajo en la unidad y haber perdido o perdido parcialmente la capacidad; para trabajar; (3) Enfermedad o lesiones no relacionadas con el trabajo Lesionadas y dentro del período médico prescrito; (4) Empleadas durante el embarazo, parto y lactancia (5) Mujeres que hayan trabajado en la unidad durante quince años consecutivos; menos de cinco años de la edad legal de jubilación Artículo 40 Artículo 3 Si el empleador rescinde unilateralmente el contrato de trabajo, deberá comunicar los motivos al sindicato con antelación. Si un empleador viola leyes, reglamentos administrativos o disposiciones del contrato laboral, el sindicato tiene derecho a exigir al empleador que haga correcciones. El empleador estudiará las opiniones del sindicato y notificará al sindicato los resultados por escrito. Artículo 44 El contrato de trabajo se rescindirá en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) El contrato de trabajo expira; (2) El empleado comienza a disfrutar de los beneficios del seguro de pensión básico de conformidad con la ley (3) El empleado muere o es declarado; muerto por el tribunal popular o declarado desaparecido; (4) el empleador es declarado en quiebra de conformidad con la ley (5) la licencia comercial del empleador es revocada, ordenada a cerrar o revocada, o el empleador decide disolverse anticipadamente; Cuando expire el contrato de trabajo, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 42 de esta Ley, el contrato de trabajo se prorrogará hasta que desaparezcan las circunstancias correspondientes. Sin embargo, la terminación del contrato de trabajo de un empleado que haya perdido total o parcialmente la capacidad para trabajar según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 42 de esta Ley se regirá por las normas estatales sobre seguros de accidentes de trabajo.
Artículo 46 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al empleado: (1) El empleado rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de esta Ley; (2) El empleador rescinde el contrato de trabajo en; de conformidad con las disposiciones de esta Ley; el empleador propone rescindir el contrato de trabajo con el empleado de conformidad con las disposiciones del artículo 36 y acepta rescindir el contrato de trabajo con el empleado (3) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con; las disposiciones del artículo 40 de esta Ley; (4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con las disposiciones del artículo 40 de esta Ley; (4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con las disposiciones del párrafo 1 del artículo; 41 de esta Ley; (5) A menos que el empleador mantenga o mejore los términos acordados en el contrato de trabajo y renueve el contrato de trabajo, y el empleado no esté de acuerdo con la renovación, el contrato de trabajo se rescindirá de conformidad con el artículo 41 de esta Ley; Ley. Terminación de un contrato de trabajo de duración determinada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, párrafo 1; (6) Terminación de un contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, párrafo 4 y en el párrafo 5 de esta Ley; La compensación económica se basará en el pago estándar de un mes de salario por cada año que el empleado haya trabajado en la unidad. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario. Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será tres veces el salario mensual promedio del empleado. El plazo máximo de compensación económica no excederá de doce años. El salario mensual a que se refiere este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la terminación o terminación del contrato de trabajo. Artículo 48 Si el empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o rescindir el contrato de trabajo, y el empleado exige la continuación del cumplimiento del contrato de trabajo, el empleador deberá continuar ejecutándolo si el empleado no exige la continuación del contrato de trabajo; o el contrato de trabajo no pueda continuar ejecutándose, el empleador deberá pagar la indemnización de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de esta Ley.
Objetividad jurídica:
Despido es la abreviatura de despido económico, que es la extinción del contrato de trabajo por causas del empleador. Se refiere al despido colectivo de trabajadores por parte del empleador dentro de un plazo legal determinado de conformidad con la ley. Las empresas que implementan reducciones económicas pueden reducir el excedente de personal debido a cambios en las condiciones de producción y operación. El artículo 47 de la Ley de Contrato de Trabajo de mi país estipula que se pagará una compensación económica a los trabajadores a razón de un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario. Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será tres veces el salario mensual promedio del empleado. El plazo máximo de compensación económica no excederá de doce años. El salario mensual a que se refiere este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la terminación o terminación del contrato de trabajo. De acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Contrato de Trabajo, se estipula lo siguiente: Artículo 40 Si ocurre cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo, previa notificación escrita al trabajador con 30 días de anticipación o pagando al empleado un adicional. mes de salario: (1) El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de que expire el período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original u otro trabajo organizado por el empleador; calificado para el trabajo y ha sido capacitado o adaptado (3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, imposibilitando la ejecución del contrato de trabajo, y el empleador y el empleado no pueden llegar a un acuerdo para cambiar el contenido del contrato de trabajo después de la negociación. Artículo 41 En una de las siguientes circunstancias, si es necesario despedir a más de 20 empleados o menos de 20 empleados, pero que representen más del 10% del número total de empleados de la empresa, el empleador deberá explicar la situación a del sindicato o de todos los empleados con 30 días de antelación, y previa audiencia del sindicato o de los empleados, previa opinión e informe al departamento de administración del trabajo, se podrá reducir el número de empleados: (1) Reorganización de conformidad con las disposiciones de la Concurso de Empresas Ley; (2) Se producen graves dificultades en la producción y operación; (3) La empresa sufre cambios de producción, importantes innovaciones tecnológicas o ajustes en los métodos comerciales, todavía es necesario despedir empleados después de cambiar el contrato laboral; Hay otros cambios importantes en las condiciones económicas objetivas en base a las cuales se celebró el contrato de trabajo, que hacen imposible su ejecución. Al reducir el personal, se debe dar prioridad a retener al siguiente personal: (1) Aquellos que hayan firmado un contrato laboral de duración determinada con la unidad; (2) Aquellos que hayan firmado un contrato laboral de duración determinada con la unidad; (3) No hay otros empleados en la familia y hay personas mayores o menores que necesitan apoyo. Si un empresario reduce su plantilla de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo y vuelve a contratar personal en el plazo de seis meses, notificará al personal despedido y dará prioridad al personal despedido en las mismas condiciones.
Artículo 42 Si un empleado tiene alguna de las siguientes circunstancias, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de esta Ley: (1) El empleado que se dedique a operaciones expuestas a riesgos laborales no ha haber sido separados del empleador por examen de salud ocupacional previo al trabajo, o pacientes con sospecha de enfermedades ocupacionales durante el diagnóstico u observación médica (2) Padecer enfermedades ocupacionales o lesiones relacionadas con el trabajo en la unidad y haber perdido o perdido parcialmente la capacidad; para trabajar; (3) Enfermedad o lesiones no relacionadas con el trabajo Lesionadas y dentro del período médico prescrito (4) Empleadas durante el embarazo, parto y lactancia (5) Mujeres que hayan trabajado en la unidad durante quince años consecutivos; menos de cinco años de la edad legal de jubilación; (6) Las demás situaciones previstas por las leyes y reglamentos administrativos; Artículo 43 Si el empleador rescinde unilateralmente el contrato de trabajo, deberá comunicar previamente los motivos al sindicato. Si un empleador viola leyes, reglamentos administrativos o disposiciones del contrato laboral, el sindicato tiene derecho a exigir al empleador que haga correcciones. El empleador estudiará las opiniones del sindicato y notificará al sindicato los resultados por escrito. Artículo 44 El contrato de trabajo se rescindirá en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) El contrato de trabajo expira; (2) El empleado comienza a disfrutar de los beneficios del seguro de pensión básico de conformidad con la ley (3) El empleado muere o es declarado; muerto por el Tribunal Popular o declarado desaparecido; (4) el empleador es declarado en quiebra de conformidad con la ley (5) la licencia comercial del empleador es revocada, se le ordena cerrar o revocarse, o el empleador decide disolverse anticipadamente; demás materias que establezcan las leyes y reglamentos administrativos vigentes. Artículo 45 Cuando expire el contrato de trabajo y concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 42 de esta Ley, el contrato de trabajo se prorrogará hasta que desaparezcan las circunstancias correspondientes. Sin embargo, la terminación del contrato de trabajo de un empleado que haya perdido total o parcialmente la capacidad para trabajar según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 42 de esta Ley se regirá por las normas estatales sobre seguros de accidentes de trabajo. Artículo 46 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al empleado: (1) El empleado rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de esta Ley; (2) El empleador rescinde el contrato de trabajo en; de conformidad con las disposiciones de esta Ley; el empleador propone rescindir el contrato de trabajo con el empleado de conformidad con las disposiciones del artículo 36 y acepta rescindir el contrato de trabajo con el empleado (3) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con; las disposiciones del artículo 40 de esta Ley (4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con las disposiciones del artículo 40 de esta Ley; (4) El empleador El contrato de trabajo se rescinde de conformidad con las disposiciones del párrafo 1 del artículo; 41 de esta Ley; (5) A menos que el empleador mantenga o mejore los términos acordados en el contrato de trabajo y renueve el contrato de trabajo, y el empleado no esté de acuerdo con la renovación, el contrato de trabajo se rescindirá de conformidad con el artículo 41 de esta Ley; Ley. El contrato de trabajo de duración determinada se rescinde de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, párrafo 1; el contrato de trabajo se rescinde de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, párrafo 4 y el párrafo 5 de esta Ley; ) Las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos. Otras circunstancias. Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad y un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario. Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será tres veces el salario promedio del empleado. salario mensual. El período máximo de compensación económica no podrá exceder de 12 años. El salario mensual a que se refiere este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la terminación o terminación del contrato de trabajo. Artículo 48 Si el empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o rescindir el contrato de trabajo, y el empleado exige la continuación del cumplimiento del contrato de trabajo, el empleador deberá continuar ejecutándolo si el empleado no exige la continuación del contrato de trabajo; o el contrato de trabajo no pueda continuar ejecutándose, el empleador deberá pagar la indemnización de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de esta Ley.