Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Puedo disfrutar de la licencia por matrimonio si me vuelvo a casar después de un divorcio?

¿Puedo disfrutar de la licencia por matrimonio si me vuelvo a casar después de un divorcio?

Análisis jurídico: si se vuelve a casar después del divorcio, podrá disfrutar de la licencia por matrimonio. Volverse a casar es volverse a casar. Según la ley, la situación jurídica de una persona que se vuelve a casar es la misma que la de una persona que se casa por primera vez, sin diferencia. Después de recibir un certificado de matrimonio, la relación entre marido y mujer se establece de conformidad con la ley y disfrutan de los mismos derechos y asumen las mismas obligaciones que las parejas que se casan por primera vez. Por lo tanto, las personas que se vuelven a casar también disfrutan del mismo permiso matrimonial que las personas que se casan por primera vez. No existen disposiciones legales pertinentes sobre el número de días de licencia por matrimonio, pero sí disposiciones específicas en reglamentos administrativos y documentos normativos. Generalmente, la licencia por boda es de 1 a 3 días.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 1.076 Si una pareja se divorcia voluntariamente, deberá firmar un acuerdo de divorcio por escrito y solicitar personalmente el registro del matrimonio. autoridad Registro de divorcio.

El acuerdo de divorcio debe expresar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, los bienes y la disposición de deudas.

Artículo 1079. Si uno de los cónyuges solicita el divorcio, el organismo correspondiente podrá realizar una mediación o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular.

Al conocer de un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio.

Si la mediación fracasa en cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio:

(1) Bigamia o convivencia con otros

(2) Implementación de; derecho de familia Violencia, abuso o abandono de miembros de la familia;

(3) Apuestas, abuso de drogas y otros malos hábitos;

(4) Separación por más de dos años debido a problemas emocionales discordia;

(5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal.

Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio.

Después de que el tribunal popular dictamine que no se permite el divorcio, si las dos partes han vivido separadas durante un año y una de las partes presenta nuevamente un procedimiento de divorcio, se concederá el divorcio.