¿Qué ley cubre la venta privada de recursos de la empresa?
El artículo 219 de la "Ley Penal" estipula: "Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de violación de secretos comerciales y cause grandes pérdidas al propietario de los secretos comerciales será sancionado con pena privativa de libertad de no menos de más de tres años o prisión penal, y también será condenada a: O multa sola cuando se produzcan consecuencias especialmente graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no inferior a tres años pero no superior a siete años; y también será multado:
(1) Obtener los titulares de derechos mediante robo, inducción, coerción u otros medios desleales secretos comerciales;
(2) Divulgar, usar o permitir que otros usen los secretos comerciales del titular de los derechos obtenidos mediante el párrafo anterior;
(3) Violar el acuerdo o el mantenimiento de secretos comerciales por parte del titular de los derechos Solicitar, revelar, usar o permitir que otros usen los secretos comerciales en su posesión
Quien conozca o deba conocer los actos enumerados en el párrafo anterior y obtenga, utilice o divulgue secretos comerciales ajenos será sancionado como delito de violación de secretos comerciales.
Los secretos mencionados en este artículo se refieren a información técnica e información comercial que no son de conocimiento público, pueden aportar beneficios económicos al titular del derecho, son prácticos y el titular del derecho los mantiene confidenciales.
Los derechos. El titular mencionado en este artículo se refiere al propietario del secreto comercial y al usuario del secreto comercial con el permiso del propietario.
Artículo 220 de la Ley Penal
La unidad se compromete. la infracción 200 de este apartado. Por los delitos previstos en los artículos 13 al 219, la unidad será multada, y los responsables directos y demás directamente responsables serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en este apartado.