Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Cuál es la diferencia entre vigilancia residencial y libertad bajo fianza en espera de juicio?

¿Cuál es la diferencia entre vigilancia residencial y libertad bajo fianza en espera de juicio?

Las diferencias entre vigilancia residencial y libertad bajo fianza en espera de juicio incluyen:

1 Los plazos son diferentes. Vigilancia domiciliaria: máximo 6 meses; libertad bajo fianza en espera de juicio: máximo 12 meses.

2. ¿Puedo solicitar uno diferente? Vigilancia residencial: no aplicable; fianza pendiente de juicio: se puede solicitar. Los sujetos aplicables incluyen sospechosos de delitos, acusados, sus representantes legales, familiares cercanos y abogados.

3. Los lugares de ejecución son diferentes. Vigilancia residencial: se lleva a cabo en la residencia del sospechoso o acusado de un delito, si no hay una residencia fija, se puede llevar a cabo en una residencia designada (para presuntos delitos que pongan en peligro la seguridad nacional, delitos terroristas y delitos de soborno particularmente graves, si se llevan a cabo); en el domicilio puede obstaculizar la investigación, con la aprobación de la Fiscalía Popular de nivel superior o del órgano de seguridad pública, también se puede ejecutar en el domicilio designado). Fianza pendiente de juicio: la ciudad o condado donde vive el sospechoso o acusado de un delito.

4. Las consecuencias de violar la normativa son diferentes. Vigilancia residencial: si las circunstancias son graves, se puede realizar el arresto; si es necesario arrestar a estudiantes de secundaria, se puede detener primero al sospechoso o acusado del delito; Liberación bajo fianza en espera de juicio: Si se ha pagado un depósito de seguridad, se confiscará parte o la totalidad del depósito de seguridad y, dependiendo de las circunstancias, se ordenará al sospechoso o acusado que se arrepienta, pague un nuevo depósito de seguridad, proporcione una garante, o ser puesto bajo vigilancia residencial o arrestado.

5. Distinto es que la pena sea deducible o no. Vigilancia residencial: el período de vigilancia residencial en una residencia designada se reduce a prisión de duración determinada; libertad bajo fianza en espera de juicio: la pena no puede reducirse.

¿Cuáles son las precauciones para la vigilancia residencial?

(1) La agencia de aplicación de la ley puede adoptar métodos de seguimiento, como el seguimiento electrónico y las inspecciones irregulares, para supervisar el regreso de los sospechosos de delitos y los acusados ​​bajo vigilancia residencial durante la investigación; las comunicaciones de los sospechosos de delitos bajo vigilancia residencial pueden; estar siendo monitoreado.

(2) El período máximo de vigilancia domiciliaria de los sospechosos y acusados ​​de delitos por parte de los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública no excederá los seis meses.

(3) Durante el período de libertad bajo fianza pendiente de juicio y vigilancia domiciliaria, no se interrumpirá la investigación, el procesamiento y el juicio del caso. Si se determina que no procede perseguir la responsabilidad penal, o si el período de la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria ha expirado, la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria se terminará oportunamente. Cuando se ponga en libertad a una persona bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia residencial, se notificará oportunamente a la persona en libertad bajo fianza pendiente de juicio o bajo vigilancia residencial y a las unidades pertinentes.

Lo anterior es el conocimiento jurídico relevante sobre “Cuál es la diferencia entre vigilancia residencial y fianza en espera de juicio”. ¿Entiende la diferencia entre vigilancia domiciliaria y libertad bajo fianza en espera de juicio en términos de plazo, si procede, lugar de ejecución, consecuencias de la infracción, conmutación de la pena, etc.?

Base jurídica

Artículo 66 de la Ley de procedimiento penal: Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública pueden arrestar a sospechosos o acusados ​​de delitos y ponerlos en libertad bajo fianza en espera de juicio con base en la circunstancias del caso. O vigilancia residencial.

Artículo 67 El Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y los órganos de seguridad pública podrán poner en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados ​​de delitos en espera de juicio en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Posible sentencia Vigilancia pública, detención penal o aplicación independiente de penas adicionales;

(2) Puede ser sentenciado a una pena de prisión de duración determinada o superior, y ser puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio no causará peligro social;

(3) Las mujeres que padecen enfermedades graves, que no pueden cuidar de sí mismas, están embarazadas o están amamantando a sus propios bebés, quedan en libertad bajo fianza en espera de juicio y no representarán un riesgo para la sociedad;

(4) El período de detención ha expirado y el caso no ha concluido, y deben ser puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio.

La libertad bajo fianza en espera de juicio será implementada por los órganos de seguridad pública.

Artículo 74 El Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y los órganos de seguridad pública podrán poner bajo vigilancia domiciliaria a los sospechosos y acusados ​​de delitos que reúnan las condiciones para su detención y tengan una de las siguientes circunstancias:

( 1) Aquellos que están gravemente enfermos y no pueden cuidar de sí mismos;

(2) Mujeres que están embarazadas o amamantando a sus bebés;

(3) Son los únicos cuidadores de quienes no pueden valerse por sí mismos;

(4) Por las circunstancias especiales del caso o la necesidad de manejarlo, es más apropiado adoptar medidas de vigilancia residencial;

(5) El período de detención ha expirado y el caso no ha concluido, y es necesario tomar medidas de vigilancia residencial.

Para los sospechosos de delitos o acusados ​​que cumplen las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio pero no pueden proporcionar un garante o pagar un depósito, pueden ser puestos bajo vigilancia residencial.

La vigilancia residencial será implementada por los órganos de seguridad pública.