¿Qué leyes están violando los profesores al insultar a los estudiantes?
Base legal
Artículo 27 de la "Ley de Protección de Menores"
El personal docente y administrativo de las escuelas y jardines de infancia respetará la dignidad personal de los menores y deberá No implementen castigos corporales, castigos corporales encubiertos u otras conductas que insulten la dignidad humana.
Artículo 28
Las escuelas protegerán los derechos de los estudiantes menores de edad a recibir educación y no violarán las regulaciones nacionales ni expulsarán a los estudiantes menores de edad disfrazados.
Las escuelas deben registrar a los estudiantes menores de edad que no han completado la educación obligatoria y persuadirlos para que regresen a la escuela; si la persuasión no es efectiva, deben informar de inmediato por escrito al departamento de administración de educación.