Análisis legal: Un contrato de empresa conjunta es un acuerdo alcanzado entre empresas o entre empresas e instituciones para lograr ciertos objetivos económicos. Además de las características de los contratos generales, los contratos de empresa conjunta también tienen sus propias características: (1) El objeto de un contrato de empresa conjunta es una persona jurídica, y debe ser una persona jurídica empresarial o una persona jurídica institucional. Las personas jurídicas institucionales y las personas jurídicas de grupos sociales no pueden ser objeto de un contrato de empresa conjunta. Los ciudadanos individuales no pueden ser partes en contratos de empresas conjuntas. (2) El contrato de negocio conjunto refleja principalmente los derechos y obligaciones de las partes del negocio conjunto. (3) Los contratos de empresa conjunta se aplican a las empresas asociadas y a las empresas contratistas. (4) Hay al menos dos partes en el contrato de empresa conjunta. El poder principal de cada parte en un contrato de empresa conjunta es obtener las ganancias de la empresa conjunta de acuerdo con el contrato; obtener asistencia y apoyo de otras partes de la empresa conjunta de acuerdo con el contrato; Las principales obligaciones de cada parte en un contrato de empresa conjunta son proporcionar fondos o gastos de empresa conjunta según lo estipulado en el contrato, cooperar según lo estipulado en el contrato y apoyar a otras partes de la empresa conjunta en la participación en actividades relacionadas con la empresa conjunta. . (5) El objeto de un contrato de empresa conjunta es el comportamiento de la empresa conjunta, no los logros materiales o intelectuales.
Base jurídica: "Ley de Sociedades de la República Popular China"
Artículo 43 Salvo disposición en contrario en el acuerdo de sociedad, los nuevos socios deberán obtener el consentimiento unánime de todos los socios y celebrar un acuerdo de asociación escrito de conformidad con la ley. Al celebrar un contrato de sociedad, los socios originales deberán informar verazmente a los nuevos socios sobre las condiciones de funcionamiento y situación financiera de la sociedad original.
Artículo 44: Los nuevos socios que se incorporan a una sociedad gozan de los mismos derechos y asumen las mismas responsabilidades que los socios originales. Si existieran otras disposiciones en el contrato de sociedad, dichas disposiciones prevalecerán. Antes de que un nuevo socio se incorpore a una sociedad, asumirá la responsabilidad solidaria e ilimitada de las deudas de la sociedad.