Después de un divorcio, ¿la ley exige que una niña siga a su madre?
La titularidad de los derechos de custodia en caso de divorcio puede ser negociada por ambas partes. Una vez que la negociación fracasa, debe ser decidida por el tribunal. La decisión del tribunal sobre la titularidad de la custodia se basa generalmente en el principio de ser beneficiosa para el crecimiento de los niños.
La custodia se refiere a los derechos personales de los padres sobre sus hijos. Existe una diferencia entre criar hijos casados y criar hijos ilegítimos. En la vida real, debido a la aparición y aparición de diversas razones, los derechos de custodia de los padres sobre sus hijos no están bien protegidos.
Ley de Matrimonio
Artículo 36 La relación entre padres e hijos no se eliminará por el divorcio de los padres. Después de un divorcio, el niño sigue siendo hijo de ambos padres, independientemente de si los padres lo crían directamente.
Después del divorcio, los padres todavía tienen el derecho y la obligación de criar y educar a sus hijos.
Después del divorcio, los hijos lactantes serán criados por su madre adoptiva. Si las dos partes no pueden llegar a un acuerdo debido a una disputa sobre la custodia de un niño después de la lactancia, el tribunal popular emitirá un fallo basado en los derechos e intereses del niño y las circunstancias específicas de ambas partes.
Varias opiniones específicas del Tribunal Popular Supremo sobre el manejo de las cuestiones de manutención de los hijos en los casos de divorcio
1. Los niños menores de dos años generalmente viven con sus padres. La madre puede vivir con el padre en las siguientes circunstancias:
(1) Padecer enfermedades infecciosas u otras enfermedades graves que no puedan curarse durante mucho tiempo y los hijos no sean aptos para vivir con ellos;
(2) Existen condiciones para criar a los niños, pero los padres exigen que los niños vivan con ellos;
(3) Por otras razones, los niños no pueden vivir con sus padres. .
2. Si ambos padres están de acuerdo en que el niño vivirá con ellos durante no más de dos semanas y no afectará negativamente a su crecimiento saludable, se podrá permitir.
3. Para los hijos menores de edad mayores de dos años, si ambos padres solicitan vivir con ellos, se podrá dar prioridad a quienes concurran alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Han sido esterilizados o han sido esterilizados debido a Pérdida de fertilidad por otras razones;
(2) Los niños han vivido durante mucho tiempo y cambiar el entorno de vida obviamente no favorece el crecimiento saludable de los niños;
(3) No hay otros niños y la otra parte tiene Otros niños;
(4) La vida de los niños con ellos es propicia para su crecimiento, pero el el otro padre padece enfermedades infecciosas u otras enfermedades graves que no se pueden curar durante mucho tiempo, o tiene otras afecciones que son perjudiciales para su salud física y mental. No apto para convivir con niños.
4. Las condiciones para que los padres críen a sus hijos son básicamente las mismas y ambas partes exigen que sus hijos vivan con sus padres. Sin embargo, si los hijos han vivido solos con sus abuelos durante muchos años y los abuelos necesitan y pueden ayudar a los hijos a cuidar de sus nietos, se puede considerar como condición prioritaria que los hijos vivan con sus padres.
5. Si los padres tienen una disputa sobre la convivencia de sus padres con su padre o su madre, los padres deben considerar las opiniones de los niños menores de 10 años.
6. Bajo la premisa de proteger los intereses de los niños, se puede permitir si ambos padres acuerdan turnarse para criar a los niños.