Comprar una casa a su propio nombre después del matrimonio* * *¿Alguna propiedad pertenece a la pareja?
Base jurídica:
La "Ley de Matrimonio" estipula:
Artículo 17 Los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial serán de propiedad conjunta de el marido y la mujer:
(1) Salarios y bonificaciones
(2) Ingresos de producción y operaciones
(3) Ingresos de derechos de propiedad intelectual p>
(4) La herencia o los bienes adquiridos como donación, salvo lo previsto en el apartado 3 del artículo 18 de esta Ley.
(5) Otra propiedad que debería pertenecer a * * *.
El marido y la mujer tienen iguales derechos sobre todos los bienes.
Artículo 18 Si concurre alguna de las circunstancias siguientes, serán bienes de uno de los cónyuges:
(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes
( 2) Gastos médicos, subsidio de manutención para discapacitados, etc. Obtenido por una parte como resultado de una lesión corporal.
(3) Bienes determinados en el testamento o contrato de donación como pertenecientes únicamente al marido o la mujer.
(4) Necesidades diarias para una sola parte.
(5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.
Artículo 19: El marido y la mujer podrán pactar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes prematrimoniales sean de su propiedad, en todo o en parte, o parcialmente. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de esta Ley.
El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio será vinculante para ambas partes.
El marido y la mujer acuerdan que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro. Si un tercero tiene conocimiento de este acuerdo, deberá liquidar todos los bienes propiedad de los cónyuges.