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¿Cuál es la importancia de los acuerdos de propiedad intelectual para el comercio de mi país?

El preámbulo del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual establece claramente que el propósito y propósito de celebrar este acuerdo son: reducir las distorsiones y obstáculos al comercio internacional; promover una protección más adecuada y efectiva de los derechos de propiedad intelectual a nivel internacional; escala; Garantizar que la aplicación y los procedimientos de propiedad intelectual no constituyan barreras al comercio legítimo.

Para lograr los objetivos anteriores, los miembros de la OMC han llegado a seis entendimientos generales sobre derechos de propiedad intelectual: (omitido)

(2) Obligaciones generales y principios básicos

1. El principio de trato de nación más favorecida

El artículo 4 del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual estipula que “los beneficios, preferencias, privilegios o inmunidades proporcionados por cualquier miembro a los nacionales de otro miembro en relación con a la protección de los derechos de propiedad intelectual será inmediata e incondicional a los nacionales de todos los demás miembros”. Este trato de nación más favorecida es el mismo que el trato de nación más favorecida previsto en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994. Es incondicional, multilateral y permanente. Sin embargo, el trato de nación más favorecida del Acuerdo de Propiedad Intelectual sólo se aplica a la protección de los “derechos de propiedad intelectual”.

La OMC considera el trato de nación más favorecida como una piedra angular importante de las relaciones económicas y comerciales entre países. Sin embargo, en el pasado los convenios internacionales en el campo de los derechos de propiedad intelectual, casi ninguno de los convenios internacionales. sobre propiedad intelectual ha formulado la cláusula de trato de nación más favorecida, esto no puede dejar de ser una lástima. Con este fin, el Acuerdo sobre Propiedad Intelectual de la OMC exige que, dentro del ámbito de los derechos de propiedad intelectual bajo su jurisdicción, se incluyan cuatro importantes convenios internacionales sobre propiedad intelectual, a saber, el Convenio de París, el Convenio de Berna, el Convenio de Roma y el Convenio sobre la Integración. del trato nacional existente en el Tratado de Propiedad Intelectual sobre Circuitos, el importante principio del trato de nación más favorecida se incorpora a la protección de los derechos de propiedad intelectual. Este es de hecho un cambio importante en la protección internacional de los derechos de propiedad intelectual e implementa no. -La discriminación entre los miembros de la OMC. El comercio proporciona una base jurídica importante.

(1) Acuerdos internacionales bilaterales o multilaterales sobre asistencia judicial y cumplimiento legal que un miembro haya firmado antes de unirse a la OMC. Dichos acuerdos no se firman específicamente para la protección de los derechos de propiedad intelectual, sino de acuerdo con dichos acuerdos. Sin embargo, se generan preferencias, beneficios, exenciones o privilegios, y los permisos se aplican a los países o regiones que han firmado dichos acuerdos, pero no a otros miembros de la OMC.

(2) Según el texto de 1971 del Convenio de Berna y las disposiciones opcionales de la Convención de Roma, la protección obtenida mediante autorización entre determinados países no se basa en el trato nacional sino que se proporciona sobre la base de la reciprocidad. . Proteger.

(3) Los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, los derechos de los productores de fonogramas y los derechos de los organismos de radiodifusión que no estén especificados en este Acuerdo no están sujetos al trato de nación más favorecida, si algunos estados miembros reconocen estos derechos y protegerse mutuamente, también puede extenderse a otros estados miembros desprotegidos sin el trato de nación más favorecida.

(4) Acuerdos internacionales sobre la protección de los derechos de propiedad intelectual que hayan entrado en vigor antes de la entrada en vigor del Acuerdo de la OMC, y estos acuerdos hayan sido notificados al "Consejo de los ADPIC", si dichos acuerdos Si no constituye una discriminación arbitraria o injusta contra los nacionales de otros países miembros, las preferencias, privilegios, inmunidades y beneficios derivados de dichos acuerdos pueden utilizarse como excepciones al trato de nación más favorecida.

(5) Los beneficios, preferencias, privilegios e inmunidades estipulados en acuerdos multilaterales sobre la adquisición y mantenimiento de derechos de propiedad intelectual celebrados bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sólo pueden surtir efecto entre los países firmantes de Estos acuerdos son aplicables, pero no aplicables, a todos los miembros de la OMC. Esta excepción también se aplica al principio de trato nacional del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual.

2. El principio de trato nacional

Dado que los “miembros” de la OMC pueden ser gobiernos nacionales soberanos o territorios aduaneros separados. El párrafo 3 del artículo 1 del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual explica específicamente el significado específico de "nacionales" en el Acuerdo. La Nota establece que "se considerará que el término 'nacional' utilizado en este Acuerdo, cuando un Miembro de la OMC sea un territorio aduanero distinto, significa una persona que esté domiciliada o tenga un establecimiento industrial o comercial real y efectivo allí, persona física o jurídica". ”.

Cuando un miembro de la OMC es un gobierno nacional soberano, el Acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual estipula que “con respecto a los derechos de propiedad intelectual relevantes, se entenderá que los nacionales de otros miembros cumplen con el Convenio de París (1967), el Convenio de Berna ( 197), la Convención de Roma "Las personas físicas o jurídicas bajo las normas de protección enumeradas en el Tratado sobre Derechos de Propiedad Intelectual sobre Circuitos Integrados son nacionales de todos los miembros de esos tratados y de la OMC (se omiten otras cuatro explicaciones y excepciones).

3. Principio de agotamiento de los derechos

El Acuerdo de Propiedad Intelectual estipula que al resolver disputas de conformidad con este Acuerdo, ninguna disposición de este Acuerdo se basará en la premisa de que cumple con las disposiciones de trato nacional y trato de nación más favorecida para abordar la cuestión del agotamiento de la propiedad intelectual.

Con respecto a la cuestión del "agotamiento" de los derechos de propiedad intelectual, las leyes de propiedad intelectual de varios países tienen disposiciones bastante diferentes sobre este tema y tienen disposiciones diferentes sobre diferentes aspectos de los derechos de propiedad intelectual.

(1) En cuanto al "agotamiento" de los derechos de patente, las leyes de patentes de la mayoría de los países estipulan que después de la venta de productos patentados fabricados por el titular de la patente o autorizados por el titular de la patente, otros no necesitan pasar por Una licencia le otorga el derecho de utilizar o revender el producto patentado.

(2) Con respecto al agotamiento de los derechos de marca, la mayoría de los países estipulan que después de que se vendan los productos del propietario y licenciatario de la marca registrada, un tercero deberá usar o vender legalmente estos productos en el país. de esta marca no constituye infracción, lo que significa que se han agotado los derechos del titular de la marca. No puede impedir que un tercero utilice la marca registrada en los productos.

(3) Los países tienen grandes diferencias con respecto al agotamiento de los derechos de autor. Las leyes de derechos de autor de algunos países estipulan que si el propio propietario de los derechos de autor o con su autorización coloca copias de sus obras relevantes en los mercados nacionales y extranjeros, , el titular de los derechos no tiene derecho a interferir con la posterior distribución y venta de este lote de copias. Esto es "agotamiento de los derechos de autor".

4. Los objetivos y principios del Acuerdo de Propiedad Intelectual

El objetivo del Acuerdo de Propiedad Intelectual es promover la innovación tecnológica y la tecnología a través de la protección de los derechos de propiedad intelectual y el ejercicio de derechos La transferencia y difusión de tecnología, de manera que conduzca al bienestar social y económico, promueva el beneficio mutuo entre productores y usuarios de conocimiento tecnológico, y promueva el equilibrio de derechos y obligaciones entre los miembros de la OMC. Estos objetivos reflejan los objetivos básicos de la legislación sobre propiedad intelectual en los países desarrollados y en desarrollo, y también ilustran la importancia de la protección de la propiedad intelectual para el desarrollo tecnológico y su rápida difusión. Porque la tecnología ha cambiado fundamentalmente la naturaleza de la competencia. A medida que la competitividad de algunos países desarrollados en áreas de producción tradicionales se debilita gradualmente, los derechos de propiedad intelectual se han convertido en la base para crear nuevas ventajas competitivas. Esta actividad creativa intangible se convertirá en la forma de propiedad más valiosa en el siglo XXI, y el desarrollo de la globalización económica requiere una protección adecuada de esta actividad creativa.

El Acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual aclara la membresía de la OMC. En primer lugar, en la formulación y revisión de sus leyes y reglamentos nacionales de propiedad intelectual, se pueden tomar las medidas necesarias para proteger la salud y la nutrición públicas y promover los intereses públicos en sectores que son cruciales para su desarrollo socioeconómico y tecnológico. En segundo lugar, se pueden tomar medidas adecuadas para impedir que los titulares de derechos de propiedad intelectual abusen de los derechos de propiedad intelectual, restrinjan el comercio mediante competencia desleal o afecten negativamente a la transferencia internacional de tecnología. Sin embargo, los dos principios básicos mencionados no pueden entrar en conflicto con las disposiciones pertinentes del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual durante su implementación. Estos principios brindan una orientación importante para los miembros de la OMC al formular o revisar leyes de propiedad intelectual en el futuro, y también establecen requisitos básicos para las leyes nacionales de propiedad intelectual, si no son consistentes con estos principios, el sistema de revisión de políticas y regulaciones comerciales de la OMC lo requiere. sus miembros ajusten sus leyes para que sean compatibles con las leyes correspondientes de la OMC. De lo contrario, otros miembros pueden presentar un arbitraje ante la OMC para la solución de diferencias.

5. La relación entre el Acuerdo de Propiedad Intelectual y los cuatro importantes convenios internacionales sobre propiedad intelectual (omitido)

(3) Estándares mínimos y período de protección para la protección de patentes

1. Materia patentable

El artículo 22 del Acuerdo de Propiedad Intelectual estipula los logros intelectuales que pueden ser patentables y los logros que no pueden ser patentados, es decir, los logros intelectuales que pueden ser patentados "Tres requisitos de la naturaleza. Al mismo tiempo, se plantean las condiciones para los resultados que se van a patentar.

El Acuerdo sobre Propiedad Intelectual adopta los requisitos de las "tres naturalezas" de varios países para los logros intelectuales sobre los cuales se otorgan derechos. Eso es novedad, creatividad y practicidad. Sin embargo, existen ciertas diferencias entre las disposiciones específicas de los requisitos de las tres naturalezas y las disposiciones de las leyes de patentes de varios países. (Detalles omitidos)

2. Logros intelectuales y requisitos para los cuales no se otorgan derechos de patente

El Acuerdo de Propiedad Intelectual estipula que los miembros pueden negarse a otorgar derechos de patente para una invención bajo ciertas circunstancias. O ciertas invenciones no pueden patentarse. Incluyen específicamente:

(1) Con el propósito de proteger el orden público y la moral social, incluyendo proteger la vida o la salud de las personas, los animales o las plantas del país, o evitar daños graves al medio ambiente.

(2) Diagnóstico, tratamiento y métodos quirúrgicos en humanos o animales.

(3) Plantas y animales distintos de los microorganismos; especialmente especies de animales y plantas producidas principalmente por procesos biológicos, excepto las producidas por métodos microbianos y no microbianos. Sin embargo, los Miembros adoptarán formas apropiadas de protección de las obtenciones vegetales.

3. Alcance de los derechos de patente

Los derechos otorgados a los titulares de patentes por el Acuerdo de Propiedad Intelectual incluyen: (1) Para las patentes de invención, cuando el objeto de la patente es un producto, la propiedad de la patente La persona tiene el derecho de prohibir a terceros la fabricación, el uso y la venta sin su permiso. Vender o importar productos patentados para estos fines. Además, se aclaran los “derechos de importación” del titular de la patente. "Derecho de importación" significa que el titular de la patente tiene derecho a impedir que otros importen productos patentados para los cuales disfruta de patentes de producto sin su permiso, o que importen productos producidos según métodos para los cuales disfruta de patentes de proceso. La OMC aclara los derechos de importación de los titulares de patentes y, de hecho, exige a sus miembros que incluyan este contenido en sus leyes nacionales.

(2) Si el objeto de la patente es un método, es decir, una patente de método, el titular del derecho tiene derecho a prohibir a otros utilizar el método, es decir, practicar su uso, ofrecer para la venta, venta o importación para estos fines al menos por Productos obtenidos directamente de patentes de método. Ya sea una patente de invención o una patente de método, el propietario tiene "derecho a importar". Trate las "patentes de proceso" y las "patentes de invención" por igual.

(3) Además de los derechos exclusivos del propietario de la patente antes mencionados, el propietario de la patente tendrá derecho a transferir o transferir el derecho de patente mediante herencia y firmar un contrato de licencia. Esto aclara principalmente que los derechos de patente pueden transferirse y heredarse como derechos de propiedad, y el titular de la patente puede obtener una remuneración celebrando un contrato de licencia.

4. Requisitos de divulgación de información para los solicitantes de patentes

(1) Divulgar sus invenciones de manera clara y completa para que los expertos en la materia puedan implementar la invención de acuerdo con los documentos de patente. patente. Esto brinda comodidad y cierto grado de protección a los países en desarrollo miembros cuando introducen tecnologías patentadas y las implementan.

(2) En la fecha de solicitud, o si se reivindica prioridad, en la fecha de solicitud de prioridad, indique el mejor modo de utilizar la invención. Esta disposición tiene como objetivo enfatizar aún más la practicidad y la aplicabilidad de la tecnología patentada. Utilizando las materias primas existentes, los técnicos con un cierto nivel técnico pueden poner en práctica con éxito la tecnología patentada y aplicarla a actividades económicas en la producción industrial o industrias relacionadas.

(3) Los miembros pueden exigir a los solicitantes de patentes que proporcionen documentos relacionados con las solicitudes y autorizaciones extranjeras correspondientes.

5. Excepciones en el otorgamiento de derechos de patente y cuestiones relativas al uso de licencias obligatorias

(1) Restricciones y requisitos generales de derechos

Artículo 30 del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual El artículo 1 establece limitaciones generales a los derechos: los Miembros pueden establecer excepciones limitadas al derecho exclusivo de conceder patentes. Esta es una disposición principal y no es obligatoria. Por supuesto, en este caso los miembros no pueden prever excepciones al derecho exclusivo de conceder patentes. Si un miembro establece excepciones en la ley de patentes, se deben cumplir ciertas condiciones o requisitos:

a.

b. Teniendo en cuenta los intereses legítimos de terceros, las excepciones no pueden entrar en conflicto con la normal aplicación de la patente.

c. Teniendo en cuenta los intereses legítimos del tercero, la excepción no perjudica injustificadamente los intereses legítimos del titular de la patente.

(2) Licencia obligatoria

¿Qué se debe hacer si el titular de la patente se niega a otorgar una licencia para utilizar una patente de invención al exigir condiciones irrazonables? La legislación de muchos países estipula que si un producto patentado no está disponible o está disponible a un precio exorbitante, entonces el gobierno puede autorizar a los fabricantes interesados ​​a utilizar la patente por consideraciones de interés público y exigir a los usuarios que paguen regalías razonables. Sin embargo, el acuerdo estipula condiciones relativamente estrictas para la implementación de licencias obligatorias. Las licencias obligatorias sólo pueden implementarse en circunstancias especiales u objetivas. El acuerdo también estipula específicamente que la concesión de licencias obligatorias sólo podrá considerarse cuando los fabricantes interesados ​​no puedan obtener autorización de uso en condiciones razonables mediante esfuerzos individuales (seis condiciones para la concesión de licencias obligatorias, omitidas).

6. Período de protección de la patente

El período de validez de la protección de la patente no será inferior al final del vigésimo año a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

(4) Estándares mínimos de protección de los derechos de autor y derechos conexos

1 El concepto y alcance del derecho de autor y derechos conexos

El derecho de autor, también conocido como derecho de autor, se refiere a los derechos que disfrutan los autores de obras literarias, artísticas y científicas bajo derechos de autor y leyes afines. Los derechos de autor pertenecen a la categoría de derechos civiles y son una parte importante de los derechos de propiedad intelectual. En las leyes de derechos de autor de varios países, la connotación de derechos de autor se puede dividir en sentidos estricto y amplio. Los derechos de autor en un sentido estricto incluyen derechos personales y derechos de propiedad; en un sentido amplio, los derechos de autor incluyen derechos personales, derechos de propiedad y derechos conexos.

Los derechos conexos se refieren a derechos que son adyacentes al derecho de autor. Incluye principalmente los derechos de los que disfrutan los productores discográficos por los discos que graban, los intérpretes por los programas que interpretan y las organizaciones de radio y televisión por los programas que transmiten.

Los derechos personales de derechos de autor incluyen principalmente el derecho de publicación, firma, derecho a modificar obras, derecho a proteger la integridad de las obras y derechos de propiedad intelectual. (Detalles omitidos)

2. Tres principios para la protección del derecho de autor y derechos conexos

(1) El principio de trato nacional.

El trato nacional aquí estipulado es el mismo que el principio de trato nacional contenido en los principios básicos del Acuerdo de Propiedad Intelectual.

(2) Principio de protección automática

El disfrute y ejercicio del trato nacional no requiere formalidad alguna y no depende de la protección de la obra en el país de origen. Éste es el llamado "principio de protección automática". Según este principio, los nacionales de los Estados miembros de la OMC y del Convenio de Berna, así como los nacionales de otros Estados no miembros del Convenio de Berna que tengan residencia prolongada en los Estados miembros, deberían disfrutar automáticamente de los derechos de autor cuando sus obras literarias y artísticas sean creado Si un nacional de un estado miembro no tiene una residencia permanente en un estado miembro, los derechos de autor se disfrutarán cuando su trabajo se publique por primera vez en el estado miembro.

(3) Principio de protección independiente

Además de las disposiciones del Convenio de Berna, el grado de protección de los derechos de autor y derechos conexos de los miembros de la OMC y los métodos de protección proporcionados a proteger los derechos de autor, se aplicarán plenamente las leyes del país que otorga la protección. Sin embargo, ningún Estado miembro puede utilizar el "principio de independencia" como excusa para afirmar que su legislación nacional sobre derechos de autor no proporciona cierta protección a sus propios nacionales y no está dispuesto a brindar una protección similar a los nacionales de otros Estados miembros.

3. El principio de estándares mínimos de protección

El principio de estándares mínimos de protección requiere que cada país miembro debe cumplir con los siguientes niveles mínimos de protección (requisitos) independientemente del nivel de protección de los derechos de autor. lo establece su legislación interna: En primer lugar, la protección de las obras debe incluir todos los logros en los campos de la literatura, la ciencia y el arte, independientemente de su forma o modo de expresión. En segundo lugar, las restricciones de derechos en las leyes de derechos de autor de cada país se limitan a un cierto rango. Estipula específicamente que, con el fin de proporcionar información, los trabajos orales publicados públicamente, como conferencias y discursos, pueden reproducirse y difundirse mediante impresión, radiodifusión, etc. sin el permiso del autor. Sin embargo, el "derecho de compilación" de dichas obras orales sigue perteneciendo al autor. En tercer lugar, las restricciones de derechos sólo pueden implementarse bajo ciertas condiciones.

En cuanto al plazo de protección de las obras, el plazo de protección de las obras en general no será inferior a la vida del autor más 50 años después de su muerte. (1) La obra cinematográfica tendrá una duración no inferior a 50 años desde el momento en que sea vista por el público. Si no ha sido vista por el público durante 50 años, el período de protección será de 50 años desde su finalización. el rodaje de la obra. (2) El período de protección de las obras anónimas o seudónimas no será inferior al período de vida del autor más 50 años después de su muerte si todos los seudónimos son legalmente suficientes para probar su identidad.

Si un autor anónimo o seudónimo se identifica dentro del plazo anterior, el plazo de protección se mantiene durante la vida del autor más 50 años después de su muerte. Siempre que pueda inferirse razonablemente que han transcurrido más de 50 años desde la muerte de un autor anónimo o seudónimo, es posible que ya no se exija a los Estados miembros que protejan sus obras. (3) Las obras fotográficas y las obras de artes aplicadas están protegidas como obras artísticas en los estados miembros del Convenio de Berna. Ese país puede legislar su propio período de protección, pero el período de protección durará al menos 25 años después de la finalización de la obra. (4) El período de protección de las obras colaborativas u otras obras consideradas colaboraciones conjuntas es la vida del último de los coautores más 50 años después de su muerte.

Sin embargo, el Convenio estipula que los Estados miembros pueden proporcionar períodos de protección más largos como se especifica en los párrafos anteriores.

4. Acuerdos preferenciales para los países en desarrollo

Se cree que los países en desarrollo miembros pueden disfrutar de ciertos derechos al ejercer los derechos de traducción y reproducción de obras de otros estados miembros de la Convención. descuento.

5. Alcance de los derechos patrimoniales

El “Convenio de Berna” estipula al menos 8 derechos patrimoniales que los titulares de derechos de autor pueden disfrutar y los “derechos de participación” que cada miembro puede otorgar al autor. basado en circunstancias específicas. Estos 8 derechos económicos son: (1) Derechos de traducción (2) Derechos de reproducción (3) Derechos de interpretación (4) Derechos de transmisión (5) Derechos de recitación (6) Derechos de adaptación (8) Derechos de grabación (9) Derechos de producción.

6. El Acuerdo de Propiedad Intelectual no otorga derechos morales a los autores

El Acuerdo de Propiedad Intelectual estipula: “Los miembros deberán cumplir con el Artículo 6 del Convenio de Berna (texto de 1971) 2 El Los derechos adquiridos y los derechos derivados de los mismos no tienen derechos ni obligaciones correspondientes en virtud de este Acuerdo. "Los derechos morales estipulados en el Artículo 6-2 del Convenio de Berna incluyen:

(1) Derecho de publicación. El derecho a decidir si la obra debe hacerse pública.

(2) Derecho de firma. Indicar la identidad del autor y el derecho a firmar la obra.

(3) Derecho de modificación. El derecho a modificar o autorizar a otros a modificar la obra.

(4) Proteger la integridad de la obra. El derecho a proteger una obra contra distorsión, falsificación u otra alteración o menosprecio.

7. Objetos protegidos por el "Acuerdo de Propiedad Intelectual"

El "Acuerdo de Propiedad Intelectual" estipula: "La protección del derecho de autor se extenderá a las expresiones, pero no incluye ideas, procedimientos y operaciones."

8. El "Acuerdo de Propiedad Intelectual" sobre la protección de programas informáticos y bases de datos

El "Acuerdo de Propiedad Intelectual" estipula que los programas informáticos, ya sean programas fuente o programas objeto , debe protegerse de conformidad con el Convenio de Berna (1971) está protegida como obra literaria. También estipula que las bases de datos u otros materiales, ya sean legibles por máquina o de otro tipo, deben protegerse porque la selección o compilación de su contenido constituye una creación intelectual.

9. Reconocer el derecho a alquilar programas informáticos y obras cinematográficas

Generalmente se considera que el "arrendamiento" es una forma que tienen los autores o titulares de derechos de autor de distribuir sus obras. es el "derecho de distribución" en copyright "Una forma de. En vista de las diferencias en cómo las leyes nacionales de derechos de autor tratan los derechos de alquiler, el Acuerdo de Propiedad Intelectual exige que sus miembros reconozcan al menos dos derechos de alquiler: obras cinematográficas y programas de ordenador.

10. Plazo de protección de las obras

En cuanto al plazo de protección de las obras, el “Acuerdo de Propiedad Intelectual” estipula que, a diferencia de las obras fotográficas y de artes aplicadas, el plazo de protección es no basado en la vida de una persona natural. El plazo de protección de una obra es de al menos 50 años a partir del final del año en el que se autoriza su publicación. Si la obra no se publica dentro de los 50 años siguientes a su creación, el plazo de protección se computará a partir del final de ese año posterior a la creación de la obra, y el plazo de protección será de 50 años.

11. Restricciones de derechos y cuestiones de uso legítimo en la protección de los derechos de autor

El Acuerdo de Propiedad Intelectual, al igual que otros convenios internacionales y la legislación nacional sobre protección de la propiedad intelectual, otorga a los propietarios de propiedad intelectual y a los derechos de al titular, al mismo tiempo, también limita sus derechos y alcance de los mismos, y estipula las condiciones para el uso leal.

12. Sobre la protección y restricción de derechos conexos (3 ítems, omitidos)

(5) Normas mínimas de protección de las marcas

1.

Marca es una marca que distingue los productos o servicios de una empresa industrial y comercial de los de otras empresas. Dichas marcas son una combinación de una o más palabras, letras, nombres, números, símbolos numéricos y colores especiales. Una determinada marca también puede ser una combinación de varios de los factores anteriores. Dado que el propósito básico de una marca es la distinción, las leyes de la mayoría de los países estipulan que una marca protegida debe tener dos propósitos: primero, ayudar al propietario de la marca a promover sus productos fomentando la confianza en su marca; segundo, ayudar a los consumidores a elegir; Se puede hacer para alentar al propietario de la marca a mantener o mejorar la calidad del producto representado por la marca.

2. Condiciones de registro, requisitos y obligaciones para la protección de marcas

Requisitos de reconocimiento y percepción visual para el registro de marcas: El acuerdo establece requisitos de “condiciones de registro” para la adquisición de marcas. Es decir, para proteger las marcas de sus miembros, los miembros de la OMC deben presentar una "solicitud de registro" para sus productos o servicios por parte de nacionales de sus países o regiones miembros como requisito previo para obtener la marca, y no adoptar el "primero en usar" " Principio adoptado por algunos países. (Es decir, si "usar" una determinada marca es una condición para obtener una marca).

En vista de que todavía hay un pequeño número de países que no han implementado el sistema de solicitud de registro para obtener derechos de marca, el Acuerdo de Propiedad Intelectual estipula que la aplicación de las condiciones de registro para obtener derechos de marca Los derechos no pueden utilizarse como motivo, lo que impide a los miembros negarse a solicitar el registro por otros motivos. Ciertas marcas están registradas, pero estos motivos están sujetos a las disposiciones del texto de 1967 del Convenio de París.

3. Alcance y limitaciones de los derechos otorgados a los titulares de marcas

El "Acuerdo de Propiedad Intelectual" estipula que los titulares de marcas "deberán gozar de derechos exclusivos para impedir que terceros las utilicen sin su autorización". "Usar la misma marca registrada o similar en la transacción de bienes o servicios idénticos o similares y causar confusión al público." De esta disposición se desprende que la OMC destaca el derecho de los propietarios de marcas a impedir que otros utilicen marcas idénticas o similares a sus marcas registradas para evitar causar confusión. Esto pone de relieve los problemas de protección de las marcas que surgen del mayor intercambio de bienes y servicios entre los miembros de la OMC. La OMC ha impuesto las restricciones correspondientes a los derechos antes mencionados de los propietarios de marcas registradas, es decir, al ejercer los derechos antes mencionados, los propietarios de marcas no deben dañar ningún derecho anterior existente, ni debe afectar la posibilidad de los miembros de obtener derechos basados ​​en sobre el uso. El acuerdo no estipula qué derechos se incluyen en los "derechos anteriores". En general, se cree que debería incluir al menos los siguientes derechos: (1) derechos de nombre comercial protegido; (2) derechos exclusivos de diseño industrial protegido (3) derechos de autor (4) derechos originales protegidos El derecho a nombrar la indicación geográfica de; origen; (5) el derecho al nombre; (6) el derecho al retrato, etc.

4. Protección de marcas notoriamente conocidas

La protección de marcas notoriamente conocidas es una parte importante de la protección de las leyes nacionales de protección de marcas y de los convenios internacionales y regionales. La OMC exige que la legislación interna de cada miembro prohíba el uso de marcas que sean idénticas o similares a cualquier marca notoriamente conocida en el estado miembro, y rechace las solicitudes de registro de marcas para dichas marcas. Si se ha obtenido el registro, deberá revocarse. Deben protegerse las marcas notoriamente conocidas correspondientes a protección especial, ya sean registradas o no.

5. Excepciones a los derechos de marca

El Acuerdo de Propiedad Intelectual estipula que los miembros de la OMC pueden proporcionar excepciones limitadas a la concesión de derechos de marca, siempre que dichas regulaciones tengan en cuenta al propietario de la marca. Son suficientes los intereses legítimos de terceros.

6. Período de protección y renovación de la marca

El "Acuerdo de Propiedad Intelectual" estipula que el período de protección de una marca registrada debe ser no inferior a 7 años, y el número de renovaciones debe ser ser ilimitado. Es decir, el titular de la marca tiene derecho a renovarla incondicionalmente. En realidad, esto hace que el período de protección de los derechos de marca sea muy diferente del de los derechos de autor y de patentes. El período de protección de los derechos de autor y patentes es el período de validez legal. Generalmente, ya no disfrutarán de protección una vez que expire el tiempo limitado. Incluso si ingresa al dominio público, cualquiera puede usarlo de forma gratuita sin infracción.

7. Requisitos sobre el uso

El “Acuerdo de Propiedad Intelectual” estipula que si un registro de marca se mantiene por el uso, el registro sólo podrá cancelarse si no hay uso dentro de un plazo. de tres años consecutivos. Sin embargo, el titular de una marca no puede cancelar su registro si tiene motivos legítimos que justifiquen su falta de uso. “Razones justificables” aquí se refiere principalmente a “circunstancias fuera del control del propietario de la marca que constituyen un obstáculo para el uso de la marca”. En general, se cree que debería incluir: (1) fuerza mayor; (2) prohibiciones gubernamentales; (3) otros requisitos gubernamentales, etc., que pueden considerarse "razones legítimas" para la falta de uso.

En cuanto a los requisitos de uso, el acuerdo considera que el uso de la titularidad de la marca debe ser conforme a las disposiciones legales. Si el propietario de la marca no usa la marca por sí mismo, pero autoriza a otros a usarla, dicho uso bajo el control real del propietario aún debe considerarse como el propietario de la marca que usa la marca, y el uso de la marca registrada no puede considerarse ser interrumpido. Esta disposición proporciona un buen entorno para el uso de la propiedad de las marcas y favorece el mantenimiento de los derechos exclusivos de las marcas.

8. Licencia, transferencia y uso simultáneo de marcas (3 artículos, omitido)

(6) Protección de indicaciones geográficas bajo el Acuerdo de Propiedad Intelectual (4 artículos), omitido)

(7) Protección de diseños industriales

1. Condiciones para obtener protección de diseños industriales

El párrafo 1 del artículo 25 del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual estipula que los miembros de la OMC deben brindar protección. para diseños industriales. También estipula que para obtener protección de diseño industrial, el diseño industrial debe cumplir con: (1) creación independiente y novedad (2) creación independiente y originalidad;

2. Centrarse en proteger el “diseño” más que la función en sí.

El enfoque de la legislación de varios países sobre protección de diseños industriales radica en el “diseño” más que en el “producto”. ”Protección funcional y técnica. Las funciones y los factores técnicos de un producto son importantes para la calidad del producto y la satisfacción de los consumidores, pero no son las cuestiones clave que deben resolverse mediante la protección de los diseños industriales. Pueden protegerse mediante la Ley de Patentes u otras leyes de propiedad industrial. Por lo tanto, el artículo 25 del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual estipula que todos los miembros “deben” proteger los diseños industriales. Esta es una disposición obligatoria y una obligación que debe cumplirse. Sin embargo, con respecto a la protección de los diseños, los miembros no están obligados a extender la protección a los diseños que consisten principalmente en factores técnicos o funcionales.

3. Abordar la cuestión de la protección de los diseños textiles

El Acuerdo de Propiedad Intelectual estipula que cada miembro debe garantizar que brinda protección a los diseños textiles, especialmente en términos de costo y revisión. o los requisitos de divulgación no menoscabarán injustificadamente la oportunidad de buscar y obtener dicha protección.

4. Derechos del titular del diseño industrial

El Acuerdo de Propiedad Intelectual otorga al titular del diseño industrial el derecho a fabricar, vender e importar. Entre ellos, el derecho a fabricar y vender es el contenido básico de los derechos que debe gozar el obligante en materia de derechos de propiedad industrial.

5. Plazo de protección de los diseños industriales

El Acuerdo de Propiedad Intelectual estipula que el período de protección de los diseños industriales no será inferior a 10 años. Este es el tiempo mínimo para los diseños industriales y el requisito mínimo de protección. Sin embargo, esto no excluye la posibilidad de que algunos países puedan firmar acuerdos para proporcionar períodos de protección más largos para los diseños industriales.

(8) Protección de otras formas de derechos de propiedad intelectual

1. Información no divulgada

Esta es la primera vez que las disposiciones del acuerdo sobre información no divulgada son de uso público. Derecho internacional El formulario exige explícitamente que se proteja la información no divulgada, como los secretos comerciales y los conocimientos técnicos. La protección se aplica a la información confidencial. Dado que la información confidencial tiene valor comercial, se deben tomar medidas razonables para mantener su confidencialidad. El Acuerdo no exige que la información no divulgada sea tratada como una forma de propiedad, pero sí establece que la persona que esté legalmente en posesión de la información debe tener el poder de impedir que otros busquen la divulgación, la obtención o la posibilidad de utilizar esta información.

El acuerdo también aborda cuestiones relacionadas con las solicitudes gubernamentales de datos de pruebas y otros datos que no están disponibles públicamente como condición para la venta de medicamentos o productos.

Los gobiernos miembros deben proteger estos datos del uso comercial desleal.

2. Esquema de trazado de circuitos integrados

A menos que se disponga lo contrario, el acuerdo exige a los miembros que proporcionen protección para el esquema de trazado de circuitos integrados de conformidad con las disposiciones pertinentes del "Tratado de Washington". sobre Derechos de Propiedad Intelectual en Circuitos Integrados". Otras disposiciones de este aspecto del Acuerdo hacen ilegal la importación o venta de circuitos integrados que contengan circuitos protegidos sin la debida autorización del titular de los derechos. Sin embargo, la adquisición de un producto por parte de alguien que no sabe que contiene circuitos integrados ilegales no constituye un acto ilegal. Los "infractores inocentes" aún pueden vender o tratar con productos del inventario antes de enterarse de que el diseño utilizado es ilegal, pero deben pagar una determinada tarifa de uso al titular legítimo de los derechos. Otro artículo del acuerdo estipula que la concesión de licencias obligatorias sobre derechos protegidos está prohibida excepto con fines justos y no comerciales o como remedio para prevenir conductas anticompetitivas determinadas por las autoridades judiciales o administrativas. La ejecución está claramente estipulada. Incluyen principalmente: (1) En lo que respecta a la aplicación de la ley, las obligaciones que todos los miembros generalmente deben cumplir tienen grandes diferencias en la aplicación de las leyes de propiedad intelectual, y sus procedimientos de aplicación y regulaciones relacionadas son diferentes para diferentes contenidos de propiedad intelectual. Por lo tanto, todos los miembros deben esforzarse por:

(1) Adoptar procedimientos efectivos para hacer cumplir la ley de propiedad intelectual y acciones efectivas para prevenir y detener las actividades de infracción.

(2) Para prevenir la infracción de la propiedad intelectual y frenar futuras infracciones, se deben tomar medidas de reparación efectivas.

(3) Los procedimientos para la observancia de los derechos de propiedad intelectual deben ser justos y razonables, y no deben ser engorrosos ni causar cargas financieras a las partes, ni deben retrasar o exigir a las partes involucradas cargas irrazonables. límites de tiempo.

(4) Es mejor emitir un juicio sobre un caso por escrito y exponer los motivos del mismo.

(5) En cualquier caso, las partes en un litigio o arbitraje deben tener la oportunidad de solicitar revisión judicial de la decisión o sentencia final del departamento administrativo.

(6) Para la sentencia judicial de primera instancia, siempre que cumpla con los requisitos procesales normales, se debe dar a las partes relevantes la oportunidad de interponer recurso de revisión. Sin embargo, los diputados no están obligados a ofrecer esa posibilidad de revisión en casos de absolución en causas penales.

3. Los acuerdos preferenciales del acuerdo para los países en desarrollo

La legislación interna de muchos países, especialmente los países en desarrollo y los países menos desarrollados, actualmente no es consistente con las disposiciones descritas anteriormente. Por ejemplo, en lo que respecta a las patentes, el acuerdo estipula que los derechos de patente deberían aplicarse en general a todos los campos técnicos, mientras que algunos países excluyen de la patentabilidad los productos químicos y los alimentos. Incluso si se conceden derechos de patente para invenciones relacionadas con fertilizantes, pesticidas y medicamentos, el plazo suele ser mucho más corto que los 20 años estipulados en el acuerdo. Además, en términos de medicina, algunos países sólo otorgan derechos de patente de proceso pero no de productos. En el ámbito del derecho de autor, muchos países no creen que se pueda proteger el software. Algunos países no brindan protección a los diseños industriales. Para que las industrias y el comercio de los países en desarrollo apliquen los cambios requeridos por el acuerdo, el acuerdo prevé un período de transición para estos países. Durante el período de transición, estos países deberían armonizar su legislación de propiedad intelectual con los requisitos del Acuerdo. Entre ellos:

Países desarrollados: 1 año, es decir hasta el 1 de enero de 1996

Países en desarrollo: 5 años, es decir hasta el 1 de enero de 2000

Países con economías en transición: 5 años, es decir, hasta el 1 de enero de 2000 (si estos países encuentran dificultades para reformar la legislación sobre propiedad intelectual)

Países menos desarrollados: 11 años, es decir, hasta el 1 de enero de 2006.

Además, aquellos países en desarrollo que actualmente sólo brindan protección a procesos pero no a productos en los campos de alimentos, productos químicos y medicinas pueden posponer la aplicación de los requisitos y disposiciones pertinentes del Acuerdo hasta el 1 de enero de 2005. .

Durante el período de transición, el acuerdo exige que los miembros no tomen ninguna medida que reduzca el nivel existente de protección de la propiedad intelectual. Desde 1996, el acuerdo ha estipulado que todos los miembros están obligados a implementar los principios de trato de nación más favorecida y trato nacional.

Además, el acuerdo también estipula el principio de transparencia, el mecanismo de solución de disputas, etc. Estas disposiciones son básicamente consistentes con las obligaciones de otros acuerdos. Consulte otro contenido.