Títulos de Propiedad Intelectual 2018
Respuesta: a, b, c, d
Se pueden pignorar los siguientes derechos de los que el deudor o un tercero tiene derecho a disponer: (1) Letras de cambio, pagarés, cheques (2; ) Bonos y certificados de depósito; (3) Recibos de almacén y conocimientos de embarque; (4) Acciones y capital de fondos transferibles; (5) Derechos de propiedad transferibles sobre derechos de propiedad intelectual, como derechos de marcas registradas, derechos de patente, derechos de autor, etc. (6) Cuentas por cobrar existentes y futuras y