Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Qué debo hacer si un tercero no paga mis deudas en mi nombre?

¿Qué debo hacer si un tercero no paga mis deudas en mi nombre?

1. ¿Cómo afrontar el incumplimiento de los pagos de terceros?

Según el artículo 523 del Código Civil: Las partes acuerdan que un tercero deberá cumplir la deuda al acreedor. Si el tercero no cumple la deuda o la ejecución no se ajusta a lo pactado, El deudor asumirá la responsabilidad por incumplimiento del contrato ante el acreedor.

En segundo lugar, la naturaleza y eficacia de la actuación del tercero.

El llamado tercero que cumple por cuenta del acreedor, en estricto cumplimiento de las disposiciones legales, significa que las partes acuerdan que un tercero designado por el deudor cumplirá las obligaciones contractuales con el acreedor en nombre del deudor. Si el tercero no cumple con su deuda o la cumple de manera incompatible con el acuerdo, el deudor será responsable por el incumplimiento del contrato ante el acreedor. De hecho, el cumplimiento de deudas por un tercero al acreedor puede incluir dos situaciones: primero, el acreedor y el deudor acuerdan que el tercero cumplirá la deuda; segundo, el tercero cumple voluntariamente la deuda; En el derecho civil tradicional, la primera situación se refleja principalmente en el sistema de contratos que involucra a un tercero, y la segunda situación se refleja principalmente en el sistema de liquidación de deudas de terceros. Los códigos civiles modernos generalmente permiten que terceros paguen deudas a los acreedores e incluso fomentan este método de pago. Esto se debe principalmente a que: por un lado, el pago de la deuda por parte de un tercero en nombre del acreedor favorece la realización de los derechos del acreedor y, en general, es beneficioso tanto para el acreedor como para el deudor; por otro lado, después del tercero; parte paga la deuda en su nombre, el tercero tiene derecho a recuperar del deudor sin perjudicar los intereses de terceros. Las características del tercero que hace cumplir las leyes en su nombre son las siguientes:

1. La actuación del tercero para el deudor es una forma de derecho, y su manifestación de intención es unilateral, es decir, Sólo podrá realizarse cuando el tercero manifieste unilateralmente su voluntad. Sólo surtirá efectos cuando la deuda sea cancelada por cuenta del deudor.

2. El tercero no es parte en el contrato y no necesita firmar ni sellar el contrato.

3. El acuerdo de las partes en el contrato no es vinculante para el tercero, y el tercero puede aceptar cumplir o negarse a cumplir. Cuando el tercero se niegue a cumplir o no cumpla el contrato, el deudor será responsable del cumplimiento o incumplimiento del contrato.

4. El acuerdo de las partes en el contrato obliga al acreedor, es decir, una vez que el tercero acepta cumplir, se considera cumplido por el deudor, y el acreedor no puede negarse.

La ejecución por un tercero constituye por naturaleza la ejecución del contrato y es una ejecución válida. Por tanto, surgirán entre el acreedor, el deudor y el tercero las siguientes tres consecuencias jurídicas:

( 1) Consecuencias jurídicas entre acreedores y deudores. Si un tercero ha cumplido parcial o totalmente su deuda, los derechos y obligaciones entre el acreedor y el deudor respecto del cumplimiento parcial del tercero se han extinguido, y el acreedor no podrá exigir al deudor que vuelva a pagar la deuda. Si el tercero no cumple o cumple incorrectamente la deuda, los derechos del acreedor no se realizan y las obligaciones del deudor aún no se cumplen, el deudor será responsable del incumplimiento del contrato.

Consecuencias jurídicas entre terceros y acreedores. Después de que un tercero realiza la prestación en su nombre, el tercero no disfruta de los derechos de acreedor correspondientes. Dado que el tercero sólo cumple la deuda en nombre del deudor, no es parte en el contrato en sí. En consecuencia, si un tercero no cumple o cumple indebidamente su deuda, el acreedor no puede exigirle que asuma la responsabilidad por incumplimiento del contrato. Por supuesto, si el tercero es el auxiliar del cumplimiento acordado entre el acreedor y el deudor, el acreedor puede solicitar al tercero que cumpla. Sin embargo, dado que el tercero no se ha convertido en objeto de la relación contractual, no es parte en el contrato, sino que sólo es el asistente en el cumplimiento de la deuda del deudor. Si el tercero no cumple o lo hace indebidamente, el acreedor no puede reclamar responsabilidad por incumplimiento del contrato contra el tercero. En este momento, el acreedor sólo puede reclamar la responsabilidad por incumplimiento del contrato al deudor.

(3) Consecuencias jurídicas entre el deudor y el tercero. Cuando un tercero actúa en su nombre con base en la ley, la relación jurídica entre el deudor y el tercero depende de la ley después de que el tercero actúa en su nombre. Cuando un tercero actúa en nombre del deudor, se establece una relación contractual de encomienda entre el deudor y el tercero. Después de que el tercero cumpla por cuenta del deudor, procederá conforme al contrato de encomienda. Cuando la actuación del tercero constituya gestión sin causa, se manejará conforme a las disposiciones legales sobre gestión sin causa. Es decir, el tercero tiene derecho a exigir al deudor el pago de la deuda pagada, el pago de las tasas e intereses necesarios y la compensación de sus pérdidas.