¿Qué activos deberían utilizarse para financiar las guarderías?
De acuerdo con el "Reglamento sobre la implementación de la ley de la República Popular China y la promoción de la educación privada", las escuelas privadas pueden financiarse con moneda o con objetos físicos, derechos de uso del suelo para la construcción. , derechos de propiedad intelectual, etc., que pueden valorarse en moneda y pueden utilizarse como aportes de capital. Las propiedades no monetarias transferidas de conformidad con la ley se utilizan como aportes de capital, sin embargo, las propiedades que no están permitidas como aportes de capital de acuerdo con las leyes y administrativas; Se exceptúan las regulaciones.
Artículo 6 del "Reglamento para la Implementación de la Ley de la República Popular China sobre la Promoción de la Educación Privada": Las organizaciones sociales o individuos que administran escuelas privadas deben tener una buena reputación crediticia. Para establecer una escuela privada, se puede realizar una inversión monetaria, o se pueden utilizar como bienes no monetarios, como objetos físicos, derechos de uso de terrenos de construcción, derechos de propiedad intelectual, etc., que pueden valorarse en moneda y transferirse de conformidad con la ley. aporte de capital; sin embargo, se exceptúan las propiedades que no estén permitidas como inversión según las leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 7: Las escuelas públicas que implementen la educación obligatoria no podrán establecer ni participar en el establecimiento de escuelas privadas, ni podrán convertirse en escuelas privadas. A otras escuelas públicas no se les permite organizar o participar en el establecimiento de escuelas privadas con fines de lucro. Sin embargo, las escuelas públicas que implementan educación vocacional pueden atraer capital, tecnología, administración y otros factores de las empresas para establecer o participar en el establecimiento de escuelas privadas con fines de lucro que implementen educación vocacional.
Las escuelas públicas no utilizarán fondos financieros estatales para organizar o participar en el establecimiento de escuelas privadas, no afectarán las actividades docentes de las escuelas públicas y no participarán en la gestión de escuelas únicamente a través de la exportación de marcas, y ser aprobado por sus autoridades competentes. Las escuelas públicas que organizan o participan en el establecimiento de escuelas privadas sin fines de lucro no pueden obtener ingresos escolares en forma de honorarios de gestión o en forma encubierta.
Las escuelas privadas organizadas por escuelas públicas o que participen en el establecimiento tendrán personalidad jurídica independiente, tendrán campus, instalaciones de enseñanza y educación básica y profesores independientes de tiempo completo separados de las escuelas públicas, y serán independientes. de acuerdo con el sistema de contabilidad nacional unificado llevar a cabo la contabilidad, inscribir estudiantes de forma independiente y emitir certificados académicos de forma independiente.
Las escuelas públicas que organicen o participen en el establecimiento de escuelas privadas disfrutarán de los derechos e intereses de los organizadores de conformidad con la ley y cumplirán las obligaciones de gestión de activos de propiedad estatal de conformidad con la ley.